Un hombre domiciliado en Villa Nueva fue condenado ayer a seis años de prisión efectiva, luego que confesara haber abusado sexualmente de un menor, aunque sin accederlo carnalmente.
La pena recayó en Juan Carlos Ponce, de 54 años de edad, quien fue declarado autor responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante” y “corrupción de menores agravada”, en el marco de un juicio que se realizó a puertas cerradas en la Cámara del Crimen local.
Ponce reconoció los hechos cometidos en agosto de 2011 en su domicilio particular, donde sometió a diferentes prácticas sexuales aberrantes a un chico de 11 años que no pertenece a su familia.
La audiencia de debate fue presidida por el camarista René Gandarillas y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y de la asesora letrada Silvina Muñoz, mientras que el secretario actuante fue Roberto Jue.
Como se trató de hechos de instancia privada que tuvieron como víctima a un menor, no se pueden difundir otros detalles del caso.
Ponce está detenido desde agosto de 2011 y deberá cumplir al menos cuatro años entre rejas para, recién entonces, solicitar la “libertad condicional”, lo que no significa que se la concederán sin más trámite.
Qué dice la ley
El artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido (…) el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
Sin embargo, el segundo párrafo precisa que “la pena será de cuatro a 10 años de prisión cuando el abuso, por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”.
En tanto, el artículo 125 señala que “el que promoviere o facilitare la corrupción de menores de 18 años, aunque mediare el consentimiento de la víctima, será reprimido con prisión de tres a 10 años”. Pero el segundo párrafo especifica que “la pena será de seis a 15 años si la víctima fuera menor de 13 años”.