El fiscal Francisco Márquez pidió ayer una pena de 12 años de prisión para Ramón Elvio Cáceres, el vecino de Arroyo Algodón al que se le atribuye haber violado y embarazado a una menor discapacitada, miembro de su entorno familiar.
Por su parte, el abogado defensor Francisco Lavisse, solicitó la absolución de su cliente o, subsidiariamente, que se le aplique el mínimo de la pena prevista por la legislación argentina para uno de los dos graves ilícitos que se le atribuyen.
La definición del proceso oral y privado se difirió para el próximo lunes, jornada en la que, a primera hora, el camarista René Gandarillas le concederá al acusado la posibilidad de expresarse en lo que se conoce como “última palabra” y posteriormente se dará a conocer la sentencia.
Cáceres está imputado como presunto autor de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo”, en concurso ideal con “corrupción de menores”, delito -este último- que tiene una escala penal que va de 10 a 15 años de prisión.
Si bien la violación propiamente dicha tiene un máximo más elevado (de ocho a 20 años), la sanción mínima que pudiera corresponderle al acusado, para el caso que sea declarado culpable, es el mínimo más alto de las dos figuras delictivas, es decir, 10 años.
La tercera y última jornada de debate fue convocada para el lunes a las 8 de la mañana, ya que una hora y media después comenzará otro juicio, con la participación de jurados populares, por un trágico asalto ocurrido en enero de 2006 en la vecina localidad de James Craik.
Si bien la audiencia de la víspera se realizó a puertas cerradas por tratarse de un hecho de instancia privada, que además tiene como víctima a un menor de edad, el propio fiscal de Cámara informó a EL DIARIO lo que habían solicitado las partes, aunque sin dar mayores precisiones sobre el debate.
Previo a los alegatos, se receptaron los últimos cuatro testimonios en la sala ubicada en el quinto piso de los Tribunales locales.
Cáceres, un trabajador lácteo de 62 años de edad, se encuentra privado de la libertad desde el 13 de marzo de 2012, pocos días después de que la madre de la criatura lo acusara ante la Justicia de haber violado y embarazado a la menor, que al momento del hecho tenía 13 años.
Cuando una médica del Hospital Pasteur detectó que la menor estaba embarazada, se estableció que llevaba 14 semanas de gestación.
Cabe recordar que este sórdido caso derivó en el primer aborto no punible realizado en la provincia de Córdoba (se practicó a fines de mayo de 2012 en la Maternidad Provincial), luego de un histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los alcances del artículo 86 del Código Penal, que establece que no será castigada la interrupción de un embarazo producto de una violación y que no es necesario el pedido de autorización por parte de los médicos.