La Dirección Provincial de Vialidad firmó un convenio que autoriza a la Municipalidad de Hernando para que cumpla las tareas de control de pesos y dimensiones de vehículos de carga en las rutas provinciales número 6 desde Río Tercero hasta Dalmacio Vélez y la ruta 10 de Punta del Agua hasta Oliva.
En esos tramos se aplicarán las disposiciones y sanciones vigentes en la Ley Provincial 855 y su reglamentación (Resolución 806/07), facultando al municipio a requerir el auxilio de la fuerza pública.
A partir del momento en que el municipio cuente con los medios y requisitos establecidos en este convenio, elaborará la programación de las tareas de control, con la conformidad de Vialidad.
Del comienzo de los controles se dejará constancia en el Acta de inicio, rubricada por los responsables designados por ambas partes.
La Municipalidad utilizará las balanzas portátiles debidamente homologadas, con certificado de calibración, para el control de pesos total y por ejes, propiedad del Ministerio de Seguridad, cedidas en comodato a Vialidad. Además deberá tramitar las certificaciones periódicas de calibración, según establece el acuerdo.
Vialidad podrá, en todo momento, fiscalizar el estado de los equipos, la documentación de las tareas que se realicen y el desempeño del personal designado por el municipio.
El municipio designará personal capacitado que luego de su instrucción actuará como “Revisores de Carga” en los controles y asumirá todas las responsabilidades derivadas de su relación de dependencia. Ese personal deberá contar con “seguro contra accidentes de trabajo”.
Vialidad será la responsable de instruir al personal designado por el municipio para efectuar estos controles y la misma lo habilitará para el correcto uso del equipamiento cedido en comodato.
La Municipalidad procurará el apoyo policial necesario para un adecuado control de las operaciones que realice, tomando a su cargo los gastos que ello demande y mensualmente deberá remitir a Vialidad el triplicado de las Actas de Infracción labradas y planillas de control mensual.
Los fondos percibidos por el cobro de los importes consignados en las Actas de Infracción serán depositados en una cuenta denominada “Fondo Provincial de Vialidad - Ley 855” y se distribuirán por el Ministerio de Infraestructura en forma mensual de la siguiente manera: 50% para el municipio que realiza los controles, 25% corresponderá al Ministerio de Seguridad y el 25% restante al Ministerio de Infraestructura.