Haciendo uso de las facultades que se le otorgan en la Ordenanza 6.051, que dispone los aumentos a los valores de la Tasa de Servicios a la Propiedad, el Ejecutivo Municipal realizó una serie de modificaciones que repercutieron en las cifras que los contribuyentes tienen que desembolsar por este impuesto.
Las movidas del Gobierno local, actualizando las valuaciones de terrenos, zonificaciones y categorizaciones de los inmuebles, son la clave que esclarece el porqué de los exorbitantes incrementos (algunos de hasta el 300%) en las boletas que comenzaron a llegar durante el curso de esta semana a los ciudadanos.
Vale recordar que EL DIARIO publicó los detalles de la ordenanza por la cual se dispusieron las subas en la Tasa, pero los números allí indicados (que sí reflejan el aumento de entre el 27% y el 30% anunciado) se deben sumar a las subas en las bases imponibles que, por decreto y otras vías, el Ejecutivo agregó a la estructura del polémico gravamen.
@ Paso a paso
En primer término, hay que aclarar que mediante el Decreto 01, firmado por el presidente del Concejo Deliberante a cargo de la Intendencia Javier Suppo el pasado 5 de enero, varios sectores de la ciudad fueron recategorizados, "atendiendo a los servicios disponibles en el sector".
"El municipio ha realizado obras de cordón cuneta y pavimento en distintos sectores de la ciudad, que ameritan un cambio de categoría de los inmuebles que han sido beneficiados con dichas mejoras", justifica el documento que todavía no fue homologado a través de su publicación en el Boletín Oficial y que sin embargo ya se está haciendo efectivo.
El revalúo de las zonas donde se encuentran los terrenos o se erigen los inmuebles, descrito en los párrafos anteriores, forma parte de las Bases Imponibles (BI) que son el eje de la sobredimensión de las facturas.
Dichas Bases fueron reconsideradas y cargadas durante los últimos meses, actualizándolas a los valores que las propiedades adquirieron en 2007 y 2008 (hasta se pidió la colaboración del Colegio de Martilleros para la tarea).
Por el lado del terreno, la BI surge de la sumatoria entre la superficie total del inmueble y su valor unitario por metro cuadrado (según el valor de mercado en 2007 y 2008) con el coeficiente frente y fondo, exigido por Rentas de la provincia y la Municipalidad.
En cuanto a la edificación se tuvieron en cuenta y también se sumaron los metros cubiertos (con el valor de mercado del metro cuadrado construido en 2007 y 2008) con el coeficiente de frente y fondo.
Además se agregó (si la edificación recibió relevamiento) una categorización que tiene en cuenta materiales y mejoras con que cuenta la construcción.
La resultante de la suma entre estas dos bases imponibles se multiplican por el porcentaje de la alícuota que corresponde a cada zona.
Si de la operación se obtiene un monto menor al establecido como tope mínimo (aumentado hasta un 27% en la Ordenanza 6.051), se toma como referencia éste para cobrar. Si el monto es mayor, se liquida la cifra que se obtuvo.
Por último, se agregan al número logrado los adicionales mensuales (divididos bimestralmente) y otros gastos de publicación, para luego sí llegar a la configuración final del tributo que recibirá en sus manos el contribuyente.
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