El pasado 28 de mayo, se firmó el decreto 603/13 que reglamenta la Ley N° 26.657 de Salud Mental.
Esta norma, ampliamente reclamada por distintas organizaciones de sectores de la salud mental y educativos pone límites a la internación de personas contra su voluntad y apunta a remplazar los hospitales neuropsiquiátricos por la atención comunitaria a través de la promoción de la salud mental en los centros de atención primaria, en la apertura de servicios de salud mental en los hospitales generales, en el desarrollo de dispositivos habitacionales y laborales y todos aquellos intermedios que colaboren para lograr la efectiva inclusión social de todas las personas con padecimiento mental y problemáticas de adicciones. Asimismo se establece un criterio de atención integral y fija que los pacientes podrán disponer de directivas anticipadas sobre su salud mental, para consentir o rechazar determinados tratamientos.
La reglamentación, compuesta por 12 capítulos, señala en su artículo 1º que se entiende "por padecimiento mental a todo tipo de sufrimiento psíquico de las personas y/o grupos humanos, vinculables a distintos tipos de crisis previsibles o imprevistas, así como a situaciones más prolongadas de padecimientos, incluyendo trastornos y/o enfermedades, como proceso complejo determinado por múltiples componentes". En tanto, el artículo 4° indica que "las políticas públicas en la materia tendrán como objetivo favorecer el acceso a la atención de las personas desde una perspectiva de salud integral, garantizando todos los derechos establecidos en la Ley Nº 26.657. El eje deberá estar puesto en la persona en su singularidad, más allá del tipo de adicción que padezca".
Además de aprobar la reglamentación de la ley, el decreto -que lleva la firma de la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete de Ministros, Juan Manuel Abal Medina, y el ministro de Salud, Juan Luis Manzur- establece la creación de la Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones, en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Esta Comisión será presidida por el Ministerio de Salud de la Nación -que es la autoridad de aplicación de la Ley Nº 26.657- y estará integrada por representantes de las carteras de Educación, Desarrollo Social y Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
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