El Registro Civil informó que la voluntad de ser donante de órganos o la negativa constará, de ahora en adelante, en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada ciudadano. Así lo dispone la resolución Nº 735/13 del Registro Nacional de las Personas (Renaper), formulada en el marco de la Ley Nacional Nº 24.193 de Trasplante de Organos y Tejidos recientemente publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
La disposición establece que la expresión de voluntad afirmativa o negativa a la ablación de órganos o tejidos del propio cuerpo, tras el fallecimiento de ciudadanos mayores de 18 años que se pronuncien sobre el tema al momento de la toma del trámite del DNI, quedará asentada en el frente del Documento.
Cabe recordar que desde noviembre de 2005 rige en nuestro país la “ley del donante presunto”, por la cual todos los ciudadanos son donantes de órganos, con excepción de quienes manifiesten su voluntad en contrario.