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22 de Julio de 2013
EL DIARIO Político
El manual del votante, paso a paso
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Las reformas de la Ley N° 26.571, por primera vez, en las elecciones primarias y en las nacionales 2011, inauguraron el proceso de ampliación de los derechos políticos que continuó con la incorporación al padrón electoral de los jóvenes desde los 16 años de edad, que determina la Ley N° 26.774 de Ciudadanía Argentina, promulgada mediante el Decreto N° 2.106/2012.
 
Qué son las elecciones primarias
 
Las elecciones primarias son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.
Tienen lugar el segundo domingo del mes de agosto de los años impares. En 2013 se llevarán a cabo el próximo 11 de agosto.
En esta instancia, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Las primarias son obligatorias, simultáneas y abiertas.
Obligatorias. Las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que figuren en el padrón, se encuentren o no afiliados a algún partido político.
En las primarias, la selección de candidatos no queda reservada exclusivamente a las preferencias de quienes estén afiliados a un partido político en particular, sino que se amplía a las de todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.
La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los 60 días de celebrada la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.
Los jóvenes entre 16 y 18 años podrán participar en forma voluntaria de esta elección, por primera vez.
 
Documentos

Los documentos cívicos habilitantes para votar son los siguientes:
- Libreta de Enrolamiento (LE).
- Libreta Cívica (LC).
- Documento Nacional de Identidad (DNI), en cualquiera de sus formatos (DNI Libreta tapa verde o celeste y Nuevo DNI formato tarjeta).
 
Cómo se vota
 
Se vota como en las elecciones que ya conocemos, presentando el documento e ingresando al cuarto oscuro.
En el cuarto oscuro se encontrarán boletas de distintos colores, cada una de ellas corresponderá a un partido o alianza diferente. Asimismo, las boletas contendrán las fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la  de su preferencia. 
En caso de que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
El elector sólo podrá votar por una precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia.
 
Qué votamos los cordobeses
 
En nuestra provincia, el 11 de agosto votamos precandidatos a la Cámara  de Diputados de la Nación. 
Las bancas que se ponen en juego en las próximas elecciones del 27 de octubre son nueve.
 
Las boletas que estarán en el cuarto oscuro
 
Los partidos que van a internas...
 
Lista 3 - Unión Cívica Radical:
- Identidad Radical: Dante Rossi, Alicia Garza, Claudio Farri, Jésica Valentini, Gustavo Adrián Ochoa, Carlos Alberto Zegarra Torres.
- Integración para una Confluencia Radical:  Oscar Raúl Aguad, María Soledad Carrizo, Diego Mestre. Gerardo Alberto Bellocq, Brenda Liz Austin, Marcos Antonio Giraudo.
- Cambio Radical: Miguel Angel Abella,  Alicia Migliore, Antonio María Hernández, Sergio Daniel Favot, Nora Landart, Javier Alejandro Varetto.
 
Lista 503 - Alianza Unión por Córdoba:
- Movimiento de Unidad Peronista: Juan Schiaretti, Blanca Rossi, Carlos Caserio, Agustín Calleri, María Eugenia Brezzo, Edgar Bruno, Marta Accastello.
- Frente Renovador: Martín Miguel Llaryola, María José Viola, Germán Néstor Pratto, Guillermo Luis Natali, Pamela del Valle Ruartes, Juan Marcelo Rodio. 
 
Lista 217 - Encuentro Vecinal Córdoba:
- Democracia en libertad: María Rosa Marcone, Jorge Rafael Scala, Pablo Carballo, María Cecilia Rigalt, Antonio Rossi, Ezequiel Sánchez.
- Gente Nueva: Carlos Ramón Lúquez, José Romero, Susana Gómez, Néstor López, Gladys Altamirano, Lorenzo Audero.
- Refundación popular: Nélida Chávez de Maders, Diego Brasca, Angel Tissera, Elva Breda, Lorenzo Rodríguez.
 
Los partidos y alianzas con lista única...
 
Lista 191 - Vecinalismo independiente - Fuerza de la Gente: Olga Riutort, Daniel Delbono, Marisa Arias, Pablo Murúa, Leonardo Mangold, Vilma Galaico.
 
Lista 234 - Movimiento al Socialismo: Eduardo Mulhall, Julia Di Santi, María Toledo, Walter Melian, Guadalupe Flores, Eugencia Decca, Marcos Pasetti.
 
Lista 501 - Alianza Frente para la Victoria: Carolina Scotto, Martín Gill, Ramón Bernabey, Graciela Estévez, Juan Manuel Pereyra, Andrés Guzmán, Sandra Dal Bo (en el primer lugar de los suplentes está Eduardo Accastello).
 
Lista 502 - Alianza Frente Progresista y Social: Ernesto Martínez Viviana Yawny, Walter Gispert, Betiana Cabrera Fasolis, Carlos Machado, Luciana Echevarría. 
 
Lista 47 - Coalición Cívica Afirmación para una República Igualitaria: Roberto Cucui, Vilma Arrieta, José Vocos, Leonor Martínez Villada, Eduardo Fernández, María Isabel Martínez.
 
Lista 63 - Es Posible - Compromiso Federal: Domingo Cavallo, Silvia Ahumada Salas, Carlos Palleres, Américo Ponce, Raquel Zubillaga, Javier Alberto Osses.
 
Lista 503 - Alianza Unión PRO - Córdoba Federal: Héctor Baldassi, Laura Rodríguez Machado, Néstor Roulet, Jorge Pazo, Marcela Monassa, Darío Capitani.
 
Lista 505 - Alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores: María Olivero, Angel Puddu, Eduardo Salas, María Parola, Leticia Celli y Jorge Luis Navarro. 



Una competencia importante

- La implementación de las primarias constituye una modificación fundamental en el modo en el que se seleccionan las candidaturas para los cargos públicos electivos. El voto de todos los ciudadanos otorga una mayor democratización al interior de los partidos y eleva el nivel de legitimación de las candidaturas.
Además, se fortalece a los partidos políticos como herramientas de participación popular en los asuntos públicos, contribuyendo a una competencia política más estable. Permite a los ciudadanos conocer sus programas de gobierno, emitir un voto informado y controlar más adecuadamente el desempeño de sus representantes.
- Proselitismo. La ley especifica que las campañas deben comenzar 30 días antes de la elección y culminar 48 horas antes.
- Consultas. Los padrones pueden consultarse por Internet: www.padron.gob.ar.
- Financiamiento. La ley asegura la distribución igualitaria del 50% del aporte estatal a las agrupaciones políticas para campañas electorales.
Prohíbe las donaciones a las agrupaciones políticas con destino al financiamiento de campañas por parte de personas jurídicas, así como las contribuciones anónimas en todo concepto.
 Establece límites al monto de los aportes privados que cada partido puede anualmente recibir de una misma persona para su financiamiento.
 Prohíbe la contratación en forma privada de espacios de publicidad audiovisual para la transmisión de los mensajes de campaña electoral, otorgando la exclusividad de la distribución a la Dirección Nacional Electoral.


 

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