La Justicia de Villa María condenó ayer a un albañil que a mediados de enero pasado incendió la casa de su expareja, resentido porque la mujer había decidido terminar con la relación.
Carlos Ricardo Quinteros (32) recibió una pena de tres años de prisión efectiva, luego de que confesara haber perpetrado el alevoso hecho que destruyó totalmente la vivienda ubicada en barrio Los Olmos de esta ciudad y causó daños a fincas linderas.
Al cabo de un juicio de trámite abreviado, Quinteros fue declarado autor penalmente responsable de “incendio doloso”, un delito que es legislado por el artículo 186, inciso 1º, del Código Penal (CP) y reprimido con prisión de tres a 10 años.
Pese a tratarse de un convicto primario, porque la de ayer fue su primera sanción judicial, se le impuso una pena de cumplimiento efectivo, cuando la misma bien pudo haber sido de ejecución condicional (es decir, en suspenso), lo que le hubiera permitido recuperar la libertad.
Pena efectiva
Sin embargo, el fiscal Francisco Márquez reclamó una condena de prisión efectiva, más allá de que la misma no haya superado el mínimo previsto por la legislación, precisamente porque el victimario no registraba antecedentes.
En principio, Quinteros podrá solicitar el beneficio de la “libertad condicional” cuando cumpla ocho meses entre rejas (a mediados de setiembre próximo), tal como lo establece el artículo 13 del CP.
Dicha norma legal precisa que “el condenado a prisión (…) por tres años o menos, que hubiere cumplido ocho meses, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.
No obstante, será el juez de Ejecución Penal, Arturo Ferreyra, quien tendrá la última palabra al momento de resolver si le otorga la condicional a Quinteros.
Por despecho
El grave episodio se produjo minutos después de las 21.30 del miércoles 16 de enero del corriente año, cuando Quinteros se hizo presente en el domicilio ubicado en la esquina de Guanacache y Paraguay, donde vivían su exconcubina, Claudia Adriana Corzo, de 38 años, y sus dos hijos, una adolescente de 16 (producto de una relación anterior) y un varón de 8 (hijo de la pareja).
Tras una acalorada discusión, producto de un típico caso de violencia doméstica, la mujer le exigió a Quinteros que se fuera de la casa, argumentando que la convivencia no podía continuar en esos términos.
Molesta por lo sucedido, Corzo tomó a su hijo menor y se cruzó a un almacén ubicado a pocos metros para realizar unas compras, mientras aguardaba que su expareja se retirara, sin imaginar lo que sucedería instantes después.
Pero Quinteros, lejos de resignarse a la irrevocable decisión de la mujer, fue hasta la motocicleta en la que había llegado, sacó nafta del tanque de combustible, roció algunos muebles y otros elementos en el interior de la finca, y les prendió fuego, tras lo cual huyó del lugar.
Las llamas se propagaron rápidamente y destruyeron todo lo que había dentro de la vivienda. Incluso, una explosión generada en la cocina provocó la caída del techo de concreto, por lo que el siniestro causó daños estructurales al inmueble.
El voraz incendio fue combatido por 20 efectivos del Cuerpo de Bomberos Voluntarios, con la apoyatura de cuatro autobombas, quienes permanecieron hasta la medianoche para sofocar las llamas y completar los trabajos de remoción de escombros.
Afortunadamente no hubo que lamentar víctimas personales, pero sí cuantiosos daños materiales, a tal punto que Corzo y sus hijos quedaron literalmente en la calle.
Enterados de lo sucedido, los efectivos de la Policía local que tomaron intervención en el hecho dispusieron un operativo de búsqueda de Quinteros, que dio sus frutos en horas de la madrugada del día siguiente, cuando se logró su detención en cercanías de la localidad de Chazón.
Otros detalles
Finalmente, cabe señalar que el juicio fue presidido por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone y contó con la participación del fiscal Márquez y de la defensora oficial Silvina Muñoz, mientras que el secretario actuante fue Roberto Jue.