Un joven estudiante recibió ayer una condena de tres años de prisión efectiva, al cabo de un juicio realizado a puertas cerradas en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen de Villa María.
Roberto Miguel Molina, de 22 años de edad, fue declarado autor responsable de un hecho de “abuso sexual simple” (manoseos y tocamientos impúdicos), ocurrido a fines de octubre pasado y que tuvo como víctima a un chico de 7 años.
Molina, apodado “Gorilón”, aunque algunos lo conocen como “Robertutu”, está detenido desde el lunes 5 de noviembre, luego que familiares del menor y vecinos de barrio Los Olmos intentaran prenderle fuego a su casa, lo que generó un amplio despliegue policial.
En rigor de verdad, los manifestantes protestaron airadamente porque el acusado continuaba en libertad, pese a que el abuso había sido denunciado el 31 de octubre en la Fiscalía de Instrucción del Tercer Turno, a cargo de Daniel Del Vö.
Sin embargo, fue el fiscal Félix Martínez quien ordenó la detención de Molina y lo imputó como presunto autor de “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa” (es decir, intento de violación), aunque a juicio llegó acusado por “abuso sexual simple”.
El fin de semana previo a la detención, los padres del chico abusado y numerosos vecinos del populoso barrio villamariense protestaron frente a la vivienda de Molina, sita en calle Maipo 148, entre Mercedarios y Aconcagua, donde arrojaron piedras y profirieron insultos.
Esto motivó la presencia de decenas de policías, entre ellos miembros de la Guardia de Infantería, para contener la airada protesta de los residentes del lugar, quienes además estaban decididos a prenderle fuego a la casa del sospechoso.
El violento reclamo causó lesiones a dos uniformados que procuraban evitar incidentes y daños a una autobomba del Cuerpo de Bomberos Voluntarios, quienes habían sido convocados ante la amenaza de los manifestantes de incendiar la vivienda de Molina.
Luego de casi nueve meses de ocurrido el abuso, la causa llegó a juicio y el acusado fue condenado. Se le impuso una pena que, aunque parezca leve, está más cercana al máximo previsto por la ley para el delito que se le atribuía.
En efecto, el “abuso sexual simple” es legislado por el artículo 119, inciso 1º, del Código Penal, que establece que “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de 13 años, o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
Juez y partes
El juicio fue presidido por el camarista René Gandarillas y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y del abogado Juan Antonio Rusconi (ejerció la defensa de Molina), mientras que la secretaria actuante fue Gabriela Sanz.
Roberto Molina nació en Villa María el 19 de enero de 1991, es soltero y al momento de ser privado de la libertad estaba cursando los últimos años del secundario en la Escuela del Trabajo.
No registraba antecedentes, por lo que la de ayer fue su primera condena. Esta circunstancia le permitirá, en principio, solicitar la “libertad condicional” en los próximos días, ya que superó los ocho meses que exige la ley para que se conceda dicho beneficio. Para ello, deberá haber observado buena conducta durante el período de detención y tendrá que someterse a una exhaustiva pericia psicológica que permitirá conocer si está en condiciones de reinsertarse socialmente.