Fundamentando su accionar en la “urgencia manifiesta y necesidad imperiosa”, el Instituto Municipal de Inversión (IMI), presidido por José Carignano y dirigido por Omar Regueira, volvió a realizar una acción que expone severamente a la entidad desde el punto de vista legal y administrativo.
Esta vez, la polémica se afinca en torno a la contratación de manera directa de la escribana María Gabriela Rigo para que labre y realice todos los trámites pertinentes de la “Escritura de Homologación del Plano del loteo de barrio Dr. Ramón Carrillo en el marco del Programa de Acceso al Suelo Urbano (PASU)”.
Según apuntan los tribunos José Naselli y Gustavo Maristany, el Instituto incurre plenamente en la ilegalidad ya que “se omite todo proceso de selección que contemple la igualdad de oportunidades para otros interesados”.
En rigor, lo correcto hubiese sido llamar a una licitación privada tal como establecen las reglas generales de contrataciones del municipio, conforme al monto del contrato que este caso se eleva a 378 mil pesos (pagaderos en seis pagos mensuales y consecutivos de 76.230 pesos).
“Para eludir, esquivar este dispositivo licitatorio (lo que significa direccionar la contratación hacia un oferente único y predeterminado), se apela a una afirmación falsa indicando que la contratación obedecía a razones de urgencia manifiesta o necesidad imperiosa por lo que no había tiempo de acudir a otro procedimiento de contratación”, subrayan los tribunos.
“La inexistencia de urgencia surge de una comprobación categórica y determinante: desde la fecha de declaración de la razón de urgencia (6 mayo de 2013) hasta la firma del contrato de locación de obra con la escribana Rigo (30 mayo de 2013) trascurrieron 24 días corridos ó 16 días hábiles, tiempo harto suficiente para cumplir los pasos de la licitación privada”, revelaron.
Grave y recurrente
“Creemos que debe apreciarse la gravedad de lo ocurrido, ya que ello configura un acto que se aparta de una simple imprevisión o una errónea apreciación del asunto desde el punto de vista administrativo, para internarnos en un episodio de favoritismo más vinculado con un acto ilícito”, afirmaron.
“Es nuestra obligación advertir que la falta de transparencia en el sistema de contrataciones crea el ámbito propicio para prácticas corruptas e ilícitas. El direccionamiento discrecional y arbitrario hacia uno o determinados beneficiarios de contrataciones que significan disponer de los dineros públicos, podría encuadrarse dentro de este tipo de conductas”, opinaron
“Al solo efecto informativo, estimamos oportuno que el Colegio Público de Escribanos reciba copia de la presente resolución”, indicaron los tribunos antes de concluir enfatizando: “Siendo el gasto relacionado en la orden de pago en análisis, derivado de una contratación directa reñida con las normas de contratación del municipio observamos la misma, y por ende, votamos por su rechazo liso y llano”.