Las empresas discográficas no pueden pretender cobrar por cada canción descargada ilegalmente, ya que no equivale necesariamente a una canción no vendida, sentencia un juez de distrito estadounidense.
Un argumento que casi todos los que usan Internet tienen en claro es que ha sido puesto de manifiesto en la sentencia por infracción de derechos de autor en el caso contra Daniel Dove, al que se consideró culpable en primera instancia por distribución de obras protegidas, y condenado a 18 meses de prisión y las multas contempladas bajo la legislación estadounidense, que como es sabido no permite el intercambio de archivos. A pesar del fallo en el sitio ars technica resaltan la parte de la sentencia en la que el juez dictamina que “aquellos que descargan películas y música gratis no necesariamente las comprarían a su precio de venta”.
“Equiparar cada descarga con una pérdida de venta es erróneo y las compañías afectadas por la piratería no puede reclamar compensaciones basándose en este supuesto”, dice su señoría, con una tesis lógica y real, frente a la apreciación falsa de las sociedades de derechos de incluir como pérdidas por piratería cada archivo compartido en las redes de intercambio.
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