El presidente de la Delegación A Regional Villa María del Colegio de Psicólogos de Córdoba, Pablo Arriaga, expresó ayer su preocupación en diálogo con EL DIARIO, por la presunta práctica de psicología por parte de personas que no poseen título.
Luego envió un comunicado en el cual la entidad “alerta a la población que en el último tiempo se vienen realizando publicaciones en distintos medios de comunicación locales que poseen dudosa legitimidad, ofreciendo prácticas de la Psicología y/o el Psicoanálisis, asociadas a promesas falsas e ilusorias”.
En este sentido, se resaltó que “existen reglamentaciones que regulan el ejercicio de la Psicología y sus publicaciones y que ello sólo queda reservado a quienes posean el título oficial de Licenciado en Psicología y estén matriculados en nuestro Colegio, el cual tiene el deber de realizar el contralor correspondiente”.
En este sentido, se detalló el artículo 3 de la Resolución 564/03, que establece que los anuncios que los psicólogos efectúen de sus servicios profesionales por medio de difusión gráfica (prensa escrita, revistas, carteles, etcétera), radial, televisiva o informática deberán ajustarse a las siguientes características:
• Nombre y apellido del profesional, matrícula habilitante y, en forma opcional, la especialidad. El anunciante, ante la solicitud de la Junta Ejecutiva del Colegio de Psicólogos, deberá acreditar dichos antecedentes.
• Todo aviso clasificado debe hacerse bajo el rubro que corresponda al título o especialidad reconocida por el Colegio de Psicólogos, evitando hacerlo en un rubro de distinta naturaleza al título que ostenta.
• Los psicólogos que publicitan sus servicios deberán anteponer siempre las normas profesionales a sus intereses comerciales. Cuando en la creación o colocación de esa publicidad participen otras personas, los psicólogos asumirán la responsabilidad de los mismos.
• La publicidad deberá hacerse en forma mesurada, incluyendo los datos indispensables para la información útil, en ningún caso deberá ser exagerada de modo que tergiverse en algún sentido la índole y eficacia de los servicios.
• Los psicólogos no participarán como tales en avisos que recomienden la adquisición o uso de un determinado producto.
Además, desde el colegio hicieron hincapié en el Código de Etica: “El ejercicio de la profesión de psicólogo, en cualquiera de las áreas de la psicología, sólo se autorizará a aquellas personas que, como consecuencia de haber cursado una carrera universitaria mayor, posean títulos habilitantes de psicólogo, licenciado en Psicología, o doctor en Psicología y los que tengan títulos otorgados por universidad nacional o extranjera, previa obtención de la matrícula profesional correspondiente a la inscripción en el Consejo de Psicólogos de la Provincia de Córdoba”.