La Escuela Especial Pablo VI Anexo Instituto de Discapacitados Auditivos (IDA) renovó públicamente el compromiso con la educación de las personas sordas de Villa María y la región, a través de un pronunciamiento realizado ayer al conmemorarse hoy en el país el Día del Sordo.
"El objetivo de esta fecha es sensibilizar a la comunidad en general acerca de la no discriminación y fomentar la integración de las personas sordas y oyentes a través de la puesta en común de sus realidades y el respeto de nuestras diferencias", señaló un escrito firmado por la directora Marcela Petrucci.
"La fecha solicitada por la Asociación Sordomudos de Ayuda Mutua (ASAM) fue decretada en 1959 y recuerda el día de la creación del Primer Instituto Educativo Nacional para Sordos, el 19 de septiembre de 1885", añadió.
El IDA, ex-IMDA (ya que era municipal), lleva más de 25 años trabajando en la comunidad. Hoy, a raíz de esta fecha, se realizará un encuentro con alumnos y docentes de la escuela para sordos León Luis Pellegrino, de Bell Ville. Habrá juegos recreativos y se compartirá un almuerzo.
Se resaltó, además, en este contexto, que este año se recibió en el Instituto Domingo Cabred de Córdoba, Juan Carlos Druetta, como profesor en Educación Especial con Orientación en Hipoacusia y Sordera, siendo la primera persona sorda en obtener este título en la provincia.
Adolescentes: resaltan que la ley protege el derecho de trabajar, de educarse y de disfrutar de tiempo libre
En el marco de la exposición que busca “visibilizar lo invisible”, es decir, el trabajo infantil en la Argentina y que trajo el Ministerio de Trabajo de la Nación a Villa María, se recordó que el trabajo infantil está prohibido en el país. Se considera tal aquel efectuado por niñas y niños menores de 16 años.
Sí pueden trabajar en la Nación los adolescentes de entre 16 y 18 años, con autorización de sus padres, responsables o tutores, salvo que vivan de manera independiente.
La ley prohíbe, en estos casos, que desarrollen trabajos penosos, insalubres o peligrosos, que trabajen más de 6 horas diarias o 36 horas semanales en caso de trabajo urbano y 32 horas semanales en caso de trabajo agrario, que realicen horas extras y que efectúen trabajo nocturno entre las 20 y las 6 del día siguiente -en caso de trabajo urbano- o de las 20 y las 5 -en trabajo agrario-.
La legislación da derecho a gozar, como mínimo, de 15 días de vacaciones al año; de un descanso de 2 horas al mediodía cuando se trabaje a la mañana y a la tarde, la misma remuneración de un adulto por igual tarea y cantidad de horas trabajadas, realizar reclamos administrativos y judiciales por conflictos laborales, afiliarse a un sindicato, estar protegido de riesgos del trabajo y continuar con la educación obligatoria.