Empleados de Comercio
Señor director:
Somos empleadas de comercio a las que nos descuentan desde mayo pasado 50 pesos en concepto de “aporte extraordinario a Obra Social de Empleados de Comercio (Osecac).
El descuento es injusto porque no somos afiliadas a Osecac. Por Ley Nº 23.660, homologada por Decreto 9/1993 de libre elección de obra social, optamos por otra obra social a la que mensualmente aportamos un 3% de nuestros sueldos.
En las paritarias celebradas en abril de 2013 las partes suscribieron una cláusula genérica referida a “...un aporte extraordinario de todos los trabajadores mercantiles incluidos en el Acuerdo Colectivo de Comercio 130/75 y beneficiados con el acuerdo paritario salarial 2013...”. Esta medida sienta precedente para hacer otros descuentos en futuras negociaciones salariales. En buen criollo, te dan un aumento y el empleado agradecido debe colaborar para fines propuestos por la dirigencia.
La Cámara Argentina de Comercio (CAC) se manifestó claramente el 7 de junio de 2013 con una interpretación favorable a los empleados mercantiles no afiliados a Osecac, en donde sugiere que la retención de 50 pesos sólo debería realizarse sobre los empleados de comercio afiliados a Osecac.
Por su parte, el sindicato que nos representa, al cual aportamos por mes el 2% de nuestros haberes para que así lo haga, no dio respuestas demostrando al momento poco interés por sus representados.
A esta altura, ¿tendríamos que invocar al Chapulín Colorado para que nos defienda?
Deseamos una respuesta e invitamos a todos aquellos empleados mercantiles en igual situación a sumarse a un reclamo justo.
Ana Gómez, Jéssica Sacco y Luciana Cravero