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20 de Octubre de 2013
Sandra Elena Parody, secretaria del Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de Córdoba
“Lo único que no debe hacer un juez es no hacer nada
La funcionaria judicial estuvo en Villa María en el marco de unas jornadas de capacitación impulsadas por el Colegio de Abogados. En diálogo con EL DIARIO, habló de las estrategias que llevan a cabo en su área
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La funcionaria estuvo en Villa María disertando en una jornada organizada por el Colegio de Abogados

San­dra Ele­na Pa­rody es­tá a car­go de una de las tres se­cre­ta­rías del Juz­ga­do de Ni­ñez, Ju­ven­tud y Vio­len­cia Fa­mi­liar de Cór­do­ba Ca­pi­tal.
An­tes de re­la­tar la es­tra­te­gia con la que afron­tan los ca­sos de vio­len­cia, la fun­cio­na­ria ex­pli­có que el Po­der Ju­di­cial “es el que to­ma las me­di­das ur­gen­tes pa­ra ha­cer ce­sar la es­ca­la­da de vio­len­cia. No es el que pre­vie­ne ni el que mo­di­fi­ca las con­duc­tas”, da­do que pa­ra es­tos abor­da­jes es­tán los or­ga­nis­mos ad­mi­nis­tra­ti­vos.
“Una de las es­tra­te­gias que apren­di­mos con la prác­ti­ca es que cuan­do hay que dic­tar una or­den de res­tric­ción, se ha­ce pa­ra am­bos: víc­ti­ma y vic­ti­ma­rio”, se­ña­ló.
Es­to se de­be a que, en mu­chos ca­sos, se or­de­na la res­tric­ción y el de­nun­cia­do “lle­ga al juz­ga­do mos­tran­do men­sa­jes de la víc­ti­ma, lo que ge­ne­ra si­tua­cio­nes com­pli­ca­das. Por eso de­ci­di­mos, co­mo prác­ti­ca, que has­ta que se van in­cor­po­ran­do los in­for­mes téc­ni­cos, la res­tric­ción es pa­ra am­bos”, di­jo.
Ca­be se­ña­lar que al mo­men­to de to­mar una me­di­da de esa na­tu­ra­le­za -que re­quie­re una res­pues­ta ur­gen­te-, el juez só­lo cuen­ta con la de­nun­cia. Des­pués se si­guen los pa­sos pa­ra ve­ri­fi­car los di­chos del de­nun­cian­te y con eso cuen­tan con más ele­men­tos pa­ra ac­tuar.
En mu­chos ca­sos, con la so­la res­tric­ción ce­sa la vio­len­cia. “Pa­ra otros no. En ca­so de que no se cum­pla la res­tric­ción, es el fis­cal el que de­ter­mi­na qué me­di­da de coer­ción apli­ca, la que pue­de lle­gar has­ta la pri­sión pre­ven­ti­va”, se­ña­ló.
Re­co­no­ce que mu­chas ve­ces es di­fí­cil de­ter­mi­nar la gra­ve­dad de los ca­sos. “Pe­ro en ca­sos de vio­len­cia, lo único que no debe hacer un juez es no hacer nada. Ni bien se re­cep­ta la de­nun­cia, hay que de­ter­mi­nar si se dis­po­ne pro­hi­bi­ción, res­tric­ción, ex­clu­sión o bien alo­ja­mien­to de la víc­ti­ma en un lu­gar se­gu­ro o la en­tre­ga de un bo­tón an­ti­pá­ni­co. Nun­ca no ha­cer na­da”, re­mar­có.
“Lue­go, con los in­for­mes téc­ni­cos, se pue­de ir eva­luan­do si se man­tie­ne en el tiem­po la me­di­da o no”, agre­gó.
Re­co­no­ce que la es­truc­tu­ra ju­di­cial es li­mi­ta­da “y mu­cho más en el in­te­rior”.
En el ca­so de Cór­do­ba ca­pi­tal, en la Se­cre­ta­ría que tie­ne a su car­go, en el año 2012 in­gre­sa­ron 1.275 de­nun­cias por vio­len­cia fa­mi­liar. Se to­ma­ron 787 me­di­das y 285 au­dien­cias.
“No to­da de­nun­cia ter­mi­na en una au­dien­cia. Las fi­ja­mos en los ca­sos más gra­vo­sos co­mo las ex­clu­sio­nes o cuan­do los ni­ños es­tán en guar­da con ter­ce­ros”, di­jo.
La funcionaria llegó a Villa María para disertar en las jornadas sobre Violencia Familiar que organizó el Colegio de Abogados de esta ciudad.


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