Al igual que días atrás cuando rechazaron la orden de pago de elementos de iluminación en el nuevo puente y denunciaron que sólo los contribuyentes de Villa María aportan en el pago de la obra, los tribunos José Naselli y Gustavo Maristany esta vez dijeron no al pedido de fondos para solventar la “contratación de mano de obra” para la iluminación del nuevo puente “Juan Domingo Perón”.
A partir del rechazo, los vocales del Tribunal describen en la resolución una serie de descalabros legales en que el municipio habría incurrido para canalizar fondos del erario público hacia los trabajos de construcción de la plataforma sobre el río Ctalamochita.
Concretamente, Naselli y Maristany apuntaron que el el Instituto Municipal de Inversión (IMI), había procedido a fraccionar la operación de compra y contratación de bienes y servicios, dirigida a dotar de “iluminación” al “nuevo puente”.
“El fraccionamiento es realizado, por las autoridades del IMI y luego avalado por el intendente municipal a través de los decretos Nº 1157/13 y 1234/13), de tal forma que se realizan cuatro concursos de precios, por un total de 1.054.222,60 pesos, para proveer la realización de una misma obra”, revelaron los tribunos.
Otro detalle negativo que resaltaron los referentes de la oposición fue que a través del voto del presidente del Tribunal (Julio Oyola), los vocales tomaron conocimiento de que “el IMI, el 27 de agosto, procedió a elaborar una resolución interna (la Nº 52), fijando los `topes económicos´ correspondientes a cada modalidad de contratación dispuesta por el mismo Instituto”.
“Los `concursos de precios´ del IMI (referidos a la iluminación del nuevo puente) se realizaron conforme dicha normativa (Nº 52/13) que se correspondería a contrataciones superiores a los 30.000 pesos e inferiores a los 800.000 pesos. Del mismo texto del citado voto, se advierte que la Resolución IMI Nº 52/13 fue publicada en el Boletín Oficial Nº 155, o sea, recién, el 16 de octubre de 2013”, advirtieron.
Respecto a lo aseverado, Naselli y Maristany enfatizaron que “el artículo 15 de la Carta Orgánica Municipal es muy claro y terminante: Las normas jurídicas de origen municipal comienzan a regir después de los tres días de su publicación en el Boletín Oficial. Ergo: el IMI ha agregado a la ilegalidad del fraccionamiento, otra ilegalidad: contratar en función de un dispositivo que no se encontraba vigente”.
“Desde ya, estos vocales expresan solemnemente su decisión permanente de no convalidar ni avalar que, por vía de simples normativas internas, se conculque y se vulnere la legislación municipal”, también manifestaron.
“Al (cuádruple) fraccionamiento de la obra denominada `Iluminación del puente sobre el río Ctalamochita´ y a la aplicación, en el proceso de contratación, de normativas no publicadas, se agrega la utilización de fondos públicos de propiedad de nuestra Municipalidad, para dotar de luminarias, un sector cuya jurisdicción corresponde a un municipio extraño (implica la posible comisión de ilícitos penales perseguibles de oficio)”, puntualizaron.
“Nos sentimos obligados a dejar explicitada en esta Resolución, nuestra profunda preocupación por la negación de los principios republicanos de gobierno, la reiteración de actos en clara pugna con la legalidad más elemental, la absoluta falta de transparencia en las compras y las contrataciones del IMI y el aval que el mismo intendente municipal, otorga a estas conductas”, señalaron para fundamentar su rechazo.