La jueza cordobesa Nora Giraudo, que condenó a un hombre a trece meses de prisión efectiva por incumplir sus deberes de asistencia para cinco hijos, aseguró ayer que con la pena buscó que no se ampliara la indefensión y la desigualdad que ya padecen los menores.
"Es muy grande el daño que se provoca a los hijos cuando no se los asiste a tiempo. Esto no se recupera y, además, los marca, porque les crea una situación de desigualdad, en lo educativo y en lo laboral, al no disponer de los medios necesarios para afrontar la vida", aseguró a la prensa la magistrada.
La titular del Juzgado en lo Penal Juvenil de Nominación de la ciudad de Córdoba insistió: "Cuando la respuesta que se da no es la justa, se crea una sensación de impunidad en las víctimas, que es un daño más, porque, en este caso, es como sugerirles a los menores que sigan confiando en la Justicia, pese a todo aquello de lo que fueron privados por su padre".
Luego, Giraudo preguntó: "Si el proceso penal hubiera terminado de otra forma, si la pena hubiera quedado en suspenso y si, no obstante ello, el padre hubiera seguido incumpliendo ¿los hijos habrían confiado en formular otra denuncia (ante la Justicia), para obtener recién entonces la sanción más eficaz, que le hiciera comprender a su padre cuál es su responsabilidad?".
La magistrada aclaró que la pena impuesta ha sido el último recurso al que se echó mano luego de haber agotado "un juicio familiar, una mediación, el establecimiento de una cuota alimentaria incumplida, la suspensión del juicio (penal) a prueba", fases en las cuales el hombre de 37 años "sólo mostró una actitud reticente".
En el mismo sentido, la jueza explicó: "Si bien primero se debe evaluar la posibilidad de una pena condicional para posibilitar la rehabilitación en libertad, aquí contábamos con pericias psicológicas y psiquiátricas, que nos indicaban que, en cuanto a la personalidad (del sujeto), había inmadurez y una necesidad de tratamiento, detectada con anterioridad, que él nunca había cumplido".
Como consecuencia, según Giraudo, se consideró que "en libertad no existía la posibilidad de que (el hombre) proyectara cambios en su comportamiento, porque iba a seguir delinquiendo del mismo modo", razón por la cual se le impuso la pena de prisión efectiva, además de que se incorpore al sistema educativo y que trabaje en la cárcel.
Respecto de las medidas establecidas, la jueza concluyó: "Entendí que era la única alternativa para provocar en él una reflexión, un cambio y para que, cuando salga, esté en condiciones de cumplir, porque todavía son chicos sus hijos, y tendrá varios años por delante para reparar el daño que ha causado y ayudarlos".
En el fallo, la jueza dispuso que, en la unidad carcelaria, al hombre se le brinde asistencia psicoterapéutica que le permita modificar "su posicionamiento subjetivo inmaduro y reflexionar sobre sus conductas", de manera que "pueda asumir el rol paterno y los compromisos que éste conlleva".
La magistrada determinó que el hombre se incorpore al sistema educativo para que pueda "concluir el ciclo primario" y que se capacite para obtener un trabajo remunerado, con el fin de que pueda "reparar el daño causado y abonar la cuota alimentaria mínima e indispensable de todos sus hijos", que son ocho: cinco con la primera, uno con la segunda pareja y dos con la tercera.
La cuota alimentaria impuesta al condenado es de 2.300 pesos, que deberá abonar mensualmente a los hijos por los cuales se hizo la denuncia penal -los cinco del primer matrimonio, porque tiene otros tres con otras mujeres- una vez que recupere la libertad.
Para determinar el monto la Justicia tomó como parámetro el valor de la Asignación Universal por Hijo.
Cabe recordar que el hombre en cuestión fue condenado el miércoles pasado.
Elogio de un colega
En tanto, ayer a la tarde, el juez Gabriel Tavip aseguró que la resolución dictada por otra magistrada cordobesa, apunta a que los padres se hagan cargo de sus obligaciones.
"El objetivo es que cada padre o madre cumpla. El sistema penal aparece como la última opción y única medida que puede llevar a compeler a un incumplidor que se ha desentendido durante años de sus obligaciones", aseveró ayer a la tarde a la prensa el juez de Familia de la ciudad de Córdoba.
Al comentar la resolución dictada por la jueza Nora Giraudo, Tavip precisó que mientras los magistrados del fuero de Familia "sólo pueden embargar sueldos o bienes", el sistema penal puede ir más allá.
"La condena que se impuso tal vez sirva para que tome conciencia o pueda reflexionar, de manera que empiece a cumplir con la obligación que tiene para con sus hijos", recalcó Tapiv.
En el fallo, la jueza Giraudo dispuso que, en la unidad carcelaria, al hombre se le brinde asistencia psicoterapéutica que le permita modificar "su posicionamiento subjetivo inmaduro y reflexionar sobre sus conductas", de manera que "pueda asumir el rol paterno y los compromisos que éste conlleva".
La magistrada determinó que el hombre se incorpore al sistema educativo para que pueda "concluir el ciclo primario" y que se capacite para obtener un trabajo remunerado, con el fin de que pueda "reparar el daño causado y abonar la cuota alimentaria mínima e indispensable de todos sus hijos", que son ocho: cinco con la primera pareja, uno con la segunda y dos con la tercera.