El secretario de Gobierno y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Villa Nueva, Natalio Osvaldo Graglia, será juzgado en abril o mayo próximos, en el marco de una querella criminal que le inició el disc-jockey y sonidista Claudio Javier Mellano, a raíz de una serie de acusaciones públicas que realizó el funcionario a través de la red social Facebook.
Graglia, de 38 años, deberá responder como presunto autor de “calumnias e injurias”, delitos que son reprimidos con prisión de un mes a tres años y multa de hasta 50 mil pesos, según lo establecido por los artículos 109 y 110 del Código Penal de la Nación (ver “Qué dice la ley”).
La sustanciación del proceso penal obedece a que ayer, en una audiencia realizada en la Cámara del Crimen de Villa María, el funcionario de la Administración que encabeza el intendente Guillermo Cavagnero no se retractó respecto a las expresiones vertidas en la página oficial que el municipio villanovense posee en Facebook.
En ese ámbito comunicacional, y durante los primeros días de septiembre del año pasado, Graglia emitió opiniones que, según consideró Mellano, lo desacreditaron públicamente, afectando así su buen nombre y honor.
Fue por ello que, con el patrocinio del abogado local Antonio Alarcos, el demandante presentó una querella penal el pasado 19 de diciembre, tras lo cual la Cámara en lo Criminal y Correccional de esta ciudad (ámbito donde se dirimen estas cuestiones legales) intimó al secretario de Gobierno para que designara abogado defensor, cargo que recayó en el letrado Marcelo Martín Silvano, y posteriormente fijó una audiencia de conciliación, la que se realizó durante la mañana de la víspera.
Previo al comparendo de las partes en la sala ubicada en el quinto piso de Tribunales, ambos abogados y sus representados se reunieron en procura de encontrar un acuerdo, pero como Graglia ofreció retractarse sin costas (es decir, sin indemnizar al querellante), Mellano desistió la propuesta.
Durante la audiencia, y luego de que ambos protagonistas declararan sobre condiciones personales, expusieron sus respectivos abogados.
En primer término, Alarcos efectuó consideraciones de por qué se le debe dar curso a la querella y posteriormente Martín Silvano señaló que no tenía nada para decir, por entender que el delito que Mellano le atribuye a su defendido “no existió”.
Ante esta circunstancia y sin que hubiera retractación ni acuerdo de partes, se labró el acta correspondiente, con lo que se dio por concluida la audiencia. Ahora la causa continuará con el trámite judicial de rigor, es decir que querellante y querellado dispondrán de un par de semanas para ofrecer pruebas y más adelante se fijará la fecha para el juicio oral y público, que posiblemente se llevará a cabo en abril o mayo próximos.
Cabe señalar que la audiencia de la víspera fue presidida por el flamante camarista Félix Alejandro Martínez, quien asumió el puesto que en 2011 había dejado vacante el exjuez Héctor Fissore, cuando se jubiló.
Martínez, quien hasta fines de noviembre del año pasado se desempeñó como fiscal de Instrucción del Primer Turno, debutó así como vocal de la Cámara del Crimen y en esta oportunidad estuvo acompañado por la secretaria Gabriela Sanz.
s Qué dice la ley
El artículo 109 del Código Penal establece que “la calumnia o falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción pública, será reprimida con prisión de uno a tres años” y prevé una multa de 3.000 a 30.000 pesos.
En tanto, el artículo 110 del mismo cuerpo legal prevé que “el que deshonrare o desacreditare a otro, será reprimido con multa (1.500 a 20.000 pesos) o prisión de un mes a un año”.