La solicitud de juicio político al juez Héctor Paschetto fue ingresada el 20 de diciembre pasado en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante por Antonio Alves, socio gerente de Resto Bar Las Lilas, popularmente conocido como Café de la Música.
Alves reiteró la presentación de su pedido ante el cuerpo deliberativo el 7 de este mes y el pasado lunes fue dado a conocer a los bloques, tras retomarse la labor parlamentaria.
El titular de Las Lilas justificó la promoción de juicio político o revocatoria del mandato del titular del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas por mal desempeño de sus funciones, con lo cual él considera que fueron vulnerados sus derechos de defensa.
Según Alves, luego de que en junio pasado se labraran actas de infracción por encontrar a menores consumiendo cerveza, él hizo el descargo correspondiente explicando que quien solicitó la bebida fue un adulto que luego se ausentó de la mesa y ofreció el testimonio de personas que podían certificar sus argumentos.
“La sola presencia de un envase de cerveza en la mesa y que los menores estaban solos, acredita en todo caso eso, más no la venta ni el consumo”, señala Alves en su presentación.
No obstante, el juez decidió la clausura en noviembre y en su resolución dijo, entre otras cosas, “que no surgen causales relevantes para eximirlo de responsabilidad” y que del descargo no hay “elementos importantes que generen duda” sobre el hecho.
En su pedido Alves calificó a la resolución de “arbitraria, ya que limita y cercena los derechos de defensa y vulnera el debido proceso”. Además, aseguró que en noviembre, tras conocer dicha resolución, ejerciendo el derecho de defensa que lo asiste en las constituciones nacional y provincial, la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y en la Ordenanza Municipal 6.515, solicitó que la sentencia se reviera y convocara a los testigos. Sin embargo, ese mismo día, Paschetto libró oficio a la Subsecretaría de Prevención Comunitaria y Derechos Humanos para la clausura del lugar. Finalmente, a la mañana siguiente el bar fue clausurado por tres días.
El titular del Café de la Música precisó en su escrito que el mismo día de la clausura solicitó que se suspendiera esa medida debido a que él disponía de 30 días hábiles desde la notificación fehaciente para interponer la vía contenciosa administrativa ante la Cámara.
Asimismo, Alves menciona que ante la ausencia de una Cámara de Faltas (prevista en la Ordenanza 6.515), la actuación del juez vulneró sus derechos y la garantía judicial de la doble instancia.
En su presentación, el gerente de Las Lilas le adjudica al juez incumplir con el artículo 2 de la Ordenanza 6.515 que “garantiza un debido proceso que comprende el ser oído, el derecho a ofrecer pruebas y el derecho a una decisión fundada”. Entre otras cosas, también afirma que hubo incumplimiento del artículo 36 de dicha ordenanza, que establece la “valoración de pruebas para arribar a la convicción de la falta”.
Para que la solicitud de juicio político prospere, el presidente del Concejo Deliberante deberá convocar a los ediles para decidir su tratamiento. Si se le da lugar al juicio político se abre un procedimiento en el que se avanza o no con el voto de la mayoría.