Un joven albañil villamariense, que hace casi tres meses le sustrajo 100 pesos a una mujer en los baños del casino local, recibió ayer una pena de cinco años de prisión y estará en la cárcel hasta por lo menos el 29 de abril de 2017, fecha en la que podría obtener la “libertad condicional” porque se trata de un convicto primario.
Lucas Daniel Teylor fue declarado autor responsable de “robo calificado” por uso de arma blanca, como consecuencia de haber asaltado a una vecina de la ciudad de Oliva, a la que amenazó con un cortaplumas para luego darse a la fuga, aunque sin percatarse que las cámaras de seguridad del lugar registraron su accionar delictivo.
En hecho se produjo en horas de la madrugada del 21 de diciembre de 2013, cuando el trabajador de la construcción ingresó al sanitario y sorprendió a Rina Delfina Giache, de 66 años, cuando se hallaba en una de las baterías.
Teylor, de 27 años de edad (12 de noviembre de 1986), fue filmado por el dispositivo de vigilancia instalado en el centro de entretenimientos ubicado en avenida Hipólito Yrigoyen al 300 y, en base a esa concluyente prueba, se logró su detención ocho días después, cuando regresó al casino.
Instantes después del atraco, la propia víctima denunció lo sucedido a un efectivo policial que estaba cumpliendo tareas como adicional, quien rápidamente acudió al sistema de video, lo que no sólo permitió que la mujer identificara sin titubeos al ladrón, sino que su rostro quedó grabado y de esa filmación se obtuvo una impresión fotográfica.
El incauto ladrón fue detenido en el mismísimo casino el 29 de diciembre, luego que la Policía detectara su presencia gracias a aquella imagen obtenida con las cámaras de seguridad. Lo curioso del caso es que, esa misma noche, la mujer asaltada también se encontraba en la sala de juegos, por lo que el reconocimiento del delincuente fue inmediato.
Cabe señalar que Teylor está domiciliado en Tacuarí 750, en barrio San Justo de Villa María, aunque hace algunos años estuvo radicado en la ciudad de Oliva.
El juicio oral y público que concluyó en la víspera había comenzado el pasado viernes en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen local, oportunidad en la que Teylor se abstuvo de declarar y posteriormente se receptaron los testimonios de los policías Raúl Gómez (quien estaba como adicional la noche del robo) y Juan Carlos Carabajal (quien detuvo al asaltante ocho días después).
No compareció
Como la víctima y denunciante del asalto no concurrió a Tribunales, el juez René Gandarillas dispuso entonces un cuarto intermedio hasta ayer, a los efectos de intentar que Giache se presentara. Pero en la víspera tampoco se hizo presente, por lo que las partes decidieron incorporar por lectura el testimonio prestado oportunamente en la Fiscalía donde se instruyó la causa.
A la hora de los alegatos, el fiscal Francisco Márquez sostuvo que la prueba fílmica fue determinante para incriminar a Teylor en el hecho, aunque también consideró que se trataba de un convicto sin antecedentes penales, por lo que solicitó el mínimo de condena prevista por el artículo 166 del Código Penal de la Nación, en su segundo párrafo, primer supuesto.
El marco legal
Dicha norma legal establece que “se aplicará prisión de cinco a 15 años (…) si el robo se cometiere con armas”. En ese punto, la ley alude a las denominadas armas blancas, como cuchillos, sevillanas, cortaplumas, etcétera, ya que en el siguiente párrafo el mismo artículo precisa que “si el arma utilizada fuera de fuego, la escala penal prevista se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo”, es decir que la sanción va de seis años y ocho meses a 20 años de prisión.
Por su parte, la asesora letrada Silvina Muñoz planteó la inconstitucionalidad del referido artículo y reclamó la absolución de su defendido; subsidiariamente, pidió una condena de tres años de prisión en suspenso y, por consiguiente, su libertad.
A la hora del veredicto, el juez Gandarillas aplicó la pena requerida por el acusador público, por lo que Teylor deberá completar tres años y cuatro meses (es decir, las dos terceras partes de cinco años) para poder, recién entonces, solicitar la “libertad condicional”.
Si durante el período de detención el albañil observa buena conducta, accederá a dicho beneficio excarcelatorio a fines de abril de 2017, sobre todo teniéndose en cuenta que es la primera condena que recibe.
Una “perlita”
Tal como lo informó EL DIARIO en su edición del sábado pasado, a poco de comenzado el juicio, y tras la lectura de la acusación, Teylor se abstuvo de declarar, aunque sí compareció sobre condiciones personales, lo que es habitual en los procesos orales.
En ese marco de situación, el fiscal Márquez lo interrogó sobre cuál era su preferencia futbolística, a lo que Teylor respondió que era hincha “de River”.
La pregunta del titular del Ministerio Público obedecía a que el sujeto que había cometido el asalto llevaba puesta una camiseta alternativa del equipo “Millonario” (remera mangas cortas de color negro, con la banda roja cruzándole el pecho), además de un pantalón de jean y zapatillas deportivas.
Si bien ese “detalle” no constituyó una prueba determinante como para involucrar a Teylor en el robo, se trató de un particular indicio que, sumado a la denuncia de la víctima, al posterior reconocimiento fotográfico del mismo y principalmente a las concluyentes imágenes obtenidas a través de las cámaras de seguridad, lo dejaron sin chances de ensayar cualquier coartada para evitar lo que se veía venir: una segura condena.