A comienzos de mes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) falló en contra del criterio que tiene el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la provincia de Córdoba en cuanto a la prisión preventiva, en el marco de un recurso extraordinario planteado por el jurista cordobés José Ignacio Cafferata Nores, abogado de Gabriel Loyo Fraire, uno de los condenados por el caso del Registro General de la Provincia.
A Loyo Fraire le habían rechazado la libertad a pesar de que la sentencia no estaba firme. Es lo que sucede comúnmente en la provincia, manteniéndose la prisión en la mayoría de los casos desde que hay una condena, por más que el fallo no esté firme.
En la Justicia Federal, al contrario, el imputado permanece libre hasta el final del proceso. El más emblemático es el caso del sacerdote Julio César Grassi, condenado por abusar sexualmente de niños y que durante años tuvo el privilegio de andar libremente.
En Villa María ya comenzaron los planteos de abogados de detenidos en las tres fiscalías de Instrucción.
Entrevistado por EL DIARIO, el fiscal Gustavo Atienza confirmó que "estamos obligados a acatar directrices concretas que el TSJ fijó por el caso de Fraire". Explicó que la cuestión ahora "no sólo tiene que ver con la gravedad del delito y la personalidad del imputado, la que por sí sola no es suficiente para encausar y privar de la libertad, sino que tenemos que establecer indicios concretos de peligrosidad procesal".
"Debemos destacar el dato revelador probatorio de personalidad concreto que indica que esa persona debe estar encerrada y no en libertad", puntualizó en alusión a lo que tienen que hacer ahora los fiscales con este cambio de criterio. "Se sustituye la reja por cauciones personales, caución real, por otro tipo de garantías u obligaciones y si la persona cumple, mejor para ella, porque gozará y mantendrá la libertad, de lo contrario se lo privará de la misma", comentó.
El funcionario, consultado sobre su visión particular del tema, dijo ser "respetuoso de las normas y las leyes". No obstante, confesó que "tampoco me olvido del derecho de las víctimas, que también tiene su garantía en pactos y normas internacionales".
- ¿La clave es el delito o la peligrosidad procesal?
- La peligrosidad procesal, no la peligrosidad criminal. Para el hombre de la calle es difícil entender esto.
- Esto quiere decir que un violador puede quedar en libertad hasta que haya sentencia firme si consta que no entorpecerá el proceso.
- Veremos caso por caso, no se puede hablar en abstracto. Pero efectivamente estoy ateniéndome exclusivamente a la persona y sí, podría estar en libertad.
- ¿Ya hay planteos de libertad de imputados?
- Sí, por supuesto, en todos los fueros.
- ¿Es algo histórico?
- Sí. Ha dado una vuelta de página importante porque la jurisprudencia venía siendo pacífica por parte del Tribunal Superior y la Corte con esta orden ha cambiado los paradigmas a tener en cuenta.
EL DIARIO también buscó la palabra del secretario municipal Carlos De Falco, la jueza Cecilia Fernández (ver recuadros), y de los fiscales Daniel Del Vö y Silvia Maldonado, quienes por audiencias y trabajo no pudieron atender a este medio.