La camarista Silvia Saslavsky de Camandone le impuso ayer una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre que estaba acusado de vender drogas en barrio Industrial de Villa María, quien se valía de una menor de edad -hija de quien era su pareja- para hacer el reparto.
Se trata de Gustavo Alberto Córdoba (42), quien fue declarado autor penalmente responsable de “comercialización de estupefacientes, agravado por la participación de un menor”, y deberá completar al menos cinco años y ocho meses entre rejas para poder solicitar el beneficio de la “libertad condicional”.
En efecto, este jardinero y albañil villamariense, padre de cinco hijos, estará en situación legal de ser excarcelado a fines de octubre de 2018, cuando cumpla las dos terceras partes de la condena aplicada en la víspera, pero para que ello se concrete deberá observar buena conducta durante todo el período de detención y tendrá que sortear exitosamente una pericia psicológica que acredite que está en condiciones de reinsertarse socialmente.
Un “regalo” de cumpleaños
Curiosamente, Córdoba escuchó el veredicto condenatorio el día de su cumpleaños número 42, ya que nació el 4 de abril de 1972. De todos modos, ni él ni sus familiares aludieron a la fecha y sólo quedó como un dato anecdótico.
Córdoba se encuentra detenido desde el 20 de febrero de 2013, cuando efectivos de la División Drogas Peligrosas de la Unidad Departamental San Martín allanaron la vivienda ubicada en Combate San Carlos y prolongación de bulevar Alvear, en barrio Industrial de esta ciudad, y secuestraron alrededor de 40 “porros”, unos 100 gramos de picadura de marihuana compactada y cuatro plantas de cannabis sativa de aproximadamente un metro de alto, además de dinero y dos celulares.
El juicio había comenzado el jueves en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen, oportunidad en la que se escucharon varios testimonios y los alegatos de las partes, y posteriormente la presidenta del tribunal dispuso un cuarto intermedio de 24 horas para la definición del proceso oral y público.
Fue así que, a poco de reanudarse el debate, se le concedió a Córdoba la posibilidad de expresarse en lo que se conoce como “última palabra”. Sin embargo, el acusado optó por guardar silencio, por lo que la jueza Saslavsky pasó a deliberar para dictar sentencia.
El agravante
Córdoba fue condenado por comercializar estupefacientes, pero dicha figura penal se agravó cuando se constató que mandaba a una adolescente de 15 años, hija de su expareja, para que hiciera la entrega de la droga a los eventuales “clientes”.
Al declarar en la audiencia de la antevíspera, Córdoba dijo que la marihuana incautada no le pertenecía, sino que era de Patricia Castellano, quien al momento del allanamiento era su concubina.
Sin embargo, cuando la mujer declaró, negó enfáticamente que la droga fuera suya, ratificó que era Córdoba quien la comercializaba y agregó que el sujeto en cuestión utilizaba a su hija para repartirla.