Un hombre que admitió haber manoseado a una menor, miembro de su entorno familiar, fue condenado ayer a tres años de prisión efectiva al cabo de un juicio de trámite abreviado que se realizó en la Cámara del Crimen local.
Entre sollozos, Sergio Arce (35) confesó haberle “tocado la cola” a una nena de 12 años, por lo que fue declarado culpable de “abuso sexual agravado”.
Si bien la audiencia de debate se realizó a puertas cerradas por tratarse de un hecho de instancia privada, que además tuvo como víctima a una menor de edad, pudo saberse que el episodio que terminó con la detención de Arce se produjo a mediados de enero de 2013 en una vivienda de la localidad de Colazo.
Durante el proceso judicial se estableció que la niña fue manoseada en una oportunidad, en momentos que víctima y victimario se encontraban solos en la vivienda que ambos ocupaban en Colazo junto a otros miembros de la familia.
Luego de haber sido manoseada, la chica le contó lo ocurrido a su madre, quien a su vez interrogó a Arce sobre si eso era cierto. Para sorpresa de la mujer, el acusado terminó reconociendo que había toqueteado a la menor, circunstancia que derivó en la inmediata denuncia y posterior detención del sospechoso.
En rigor de verdad, a lo largo de toda la instrucción de la causa Arce admitió su responsabilidad en el abuso denunciado y en la víspera, una vez más, pidió perdón por lo que había hecho aquel día.
La confesión lisa y llana del encartado, sumada a la ausencia de antecedentes penales, le permitieron acceder al mínimo de la pena prevista por la legislación argentina para el tipo de delito que se le atribuía.
Sin embargo, al pronunciar su alegato, el abogado craikense Manuel Antonio Toledo (radicado en Oliva) solicitó que, en virtud del tiempo que su cliente lleva detenido, se le conceda la “libertad condicional”.
En efecto, cuando la condena no supera los tres años, el Código Penal de la Nación establece que luego de cumplir ocho meses de prisión podrá concederse la libertad, aunque bajo una serie de requisitos.
Al respecto, el artículo 13 de dicho cuerpo legal establece que “el condenado (…) a prisión por tres años o menos, que hubiere cumplido (…) ocho meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.
De todos modos, la aplicación de esta norma no es automática, principalmente en los casos de abuso sexual, ya que la Justicia es mucho más estricta a la hora de conceder dicho beneficio excarcelatorio.
Fue por eso que, tras el pedido del abogado defensor, el fiscal Francisco Márquez solicitó al juez René Gandarillas que disponga la realización de un exhaustivo informe psicológico para determinar si Arce está en condiciones de reinsertarse socialmente.