Luego de aprobarse la modificación de la ordenanza en la que se delimitaron las funciones que deben cumplir auditor adjunto y secretario, el auditor general, Luis Rey (foto), admitió que es necesario cubrir cuanto antes ambos cargos que hoy están vacantes.
“Cubrir el cargo de secretario es necesario porque es una actividad diaria, además, para darles mayor jerarquía a las resoluciones que se dictan aquí es necesario que haya un secretario que suscriba esas resoluciones. En cuanto al auditor adjunto, puede hacer falta fundamentalmente cuando yo me ausento”, afirmó.
“Villa María forma parte de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (adpra) que hace cuatro plenarios al año y nosotros participamos porque nos enriquecen las experiencias que cada uno tiene sobre cómo solucionaron un determinado conflicto. Este año Villa María forma parte del Consejo Directivo de la adpra por lo que también existe una obligatoriedad o compromiso de asistir. En esos casos, son días en los que me ausento y tal vez es necesario que haya que atender algo y la gente tiene que esperar a que yo vuelva”, explicó Rey.
“Hay miles de razones por las que es necesario que acá haya una persona, además, complementándonos, me permitiría desarrollar otro tipo de actividades afuera. Y cuando digo esto me estoy refiriendo concretamente a reuniones que debería tener con centros de jubilados, Organizaciones No Gubernamentales de distinta índole o los centros vecinales, que requieren de articular la actividad con otra persona. Por lo tanto hace falta”, continuó.
“Es inminente la designación de un secretario. Hasta el año pasado tuvimos como adjunta a Liliana Ghisolfi, hasta ahora nos hemos ido manejando y hemos podido funcionar, pero apenas tengamos la ordenanza promulgada vamos a proponerlos, vamos a designarlos lo más rápido posible”, aseguró.
“En la Auditoría hay un empleado que cumple de hecho con las funciones de secretario, pero no tiene las facultades que le asigna la norma. Quien ocupe ese lugar va a tener esas facultades y una remuneración distinta, porque va a tener responsabilidades como refrendar los actos del auditor y expedir las copias certificadas de trámites iniciados en la Auditoría que no es necesario que lleven la firma del auditor”, señaló.
“Yo aún no he propuesto a nadie”, confirmó Rey.
Al proponer, el auditor envía el nombre de una persona para que el Concejo Deliberante dé el aval para que ocupe el cargo. En el caso de que no lo avale, debe proponer a otra persona.
La remuneración, que también quedó fijada por norma, será de un 90% del sueldo del auditor general para el auditor adjunto y para el caso del secretario, el equivalente a lo que cobra un director de área en la Municipalidad.
Por Carta Orgánica, los empleados, el auditor adjunto y el secretario dejan sus funciones cuando cesa la del auditor general, y en el caso de que el nuevo auditor quiera continuar con esas mismas personas, deberá cumplir con el trámite de proponerlos al Concejo para que los designe.
“Hasta ahora, el personal ingresa con el auditor y se va cuando termina su función, me parece un error tremendo que no haya gente de carrera, porque el nuevo auditor que viene tiene que empezar todo de cero. Los empleados deberían ser de planta”, consideró el titular de la Auditoría.
Al explicar por qué pidió la modificación de la ordenanza, dijo que “la Carta Orgánica creó la figura del auditor general y por la ordenanza 3.983 se reglamentó el funcionamiento de la Auditoría”.
“En su texto, la ordenanza contemplaba que el auditor general podía ‘designar al auditor adjunto y/o secretario’ y continuaba expresándose sobre el auditor adjunto. Entonces surgía la duda de si se podía nombrar uno u otro o los dos, y cuáles son las funciones y remuneraciones de cada uno porque en esa norma aparecían como figuras similares cuando en realidad no lo son. El auditor adjunto remplaza al titular de la Auditoría o cumple funciones similares a las de él, se le delegan funciones determinadas que son propias del auditor y puede hacerlas porque tiene el mismo rango, pero no es lo mismo que el secretario, que es el encargado de las funciones administrativas, de refrendar los actos del auditor general o adjunto y de certificar copias de expedientes”, indicó Rey.
“Entonces se pidió la modificación para definir las funciones concretas y sus remuneraciones, porque son distintas responsabilidades. Hemos pretendido armar una estructura más ordenada”, concluyó.