La Cámara del Crimen de Villa María emitió esta semana la primera sentencia por un hecho cometido a través de las redes sociales.
Cabe señalar que no son muchas las denuncias en este sentido, pero en este caso la docente decidió ir a la Justicia porque se sintió agraviada por la publicación de un comentario en Facebook emitido por la madre de un alumno. Fue representada por la abogada Natalia González, quien en diálogo con EL DIARIO explicó que los delitos contra el honor, como el de calumnias e injurias, están tipificados en el Código Penal.
“Con las redes sociales, lo que cambió fueron las formas de cometerlos, porque el daño que se hace es instantáneo y en muchos casos se hace viral, reproduciéndose con inmediatez”, dijo.
“Es bueno dar a conocer esto porque mucha gente cree que en su muro puede escribir cualquier cosa, como si fuera algo privado. Y no es así. Es pasible de sanción penal quien cometa un delito contra el honor, ya sea en Facebook, Twitter o en una publicación tradicional”, mencionó.
En este caso, la madre que había sido querellada por la docente fue sobreseída por el juez René Gandarillas. “Esto fue porque en la audiencia la mujer se retractó”, explicó la letrada.
“Si hubiese ratificado los dichos, la causa hubiese seguido con más audiencias, testimonios y después el juez debía resolver. En este caso se retractó, tiene que publicar esa retractación en la misma red social en la que hizo el comentario injurioso”, informó.
Pero, además, hubo un acuerdo privado entre las partes, en el que establecieron un monto para la multa y los honorarios de los letrados.
El delito
“En el año 2009 hubo una reforma al Código Penal en los artículos que hablan de los delitos contra el honor. Se sacó la pena de prisión y se impuso una multa, que entre un mínimo y un máximo, debe determinar el juez”, dijo.
En este caso la madre había atacado a la docente “con un comentario que no sólo aludía a la cuestión profesional, sino a cuestiones personales. Generó una cantidad impresionante de comentarios y eso fue lo que motivó a la damnificada para acudir a la Justicia”.
“Como es un delito que no requiere instrucción, se presenta directamente ante la Cámara. Allí fijan una audiencia y el querellado puede ratificar sus dichos y entonces sigue el juicio; o retractarse, como ocurrió en este caso”, concluyó.
Sigue siendo un desafío para jueces
El 1 de diciembre de 2013 EL DIARIO publicó una nota sobre el desafío que representaban para jueces y fiscales las denuncias por hechos de distinta índole cometidos a través de las redes sociales.
En esa oportunidad, citamos a los “novios despechados que difunden fotos comprometedoras de sus ex, personas que escriben calumnias contra otros por Facebook, los que se valen de Twitter para amenazar a alguien o, peor aun, los que utilizan Internet para captar menores con los peores fines. Estos delitos, tipificados en la legislación vigente, no son nuevos. Lo que es nuevo es el vehículo que utilizan para cometerlos: las redes sociales”.
En aquella oportunidad, señalamos que la Cámara del Crimen tenía una sola querella por calumnias (es la que llegó ahora a sentencia).
En la Fiscalía del Segundo Turno investigaron un delito de significativa gravedad, que ya fue elevado a juicio. Se trata de un hombre mayor, de esta ciudad, que procuraba captar a menores con engaños a través de las redes, con fines abusivos. Todavía no comenzaron las audiencias de este juicio.
En la Fiscalía del Primer Turno tenían dos causas: una, en la que está involucrado un exnovio por difundir imágenes que afectaban el honor de quien fuera su pareja; la otra, de mayor gravedad, en la que se utilizaban las redes sociales para captar menores.