Año 2006
Se constituyen como querellantes particulares la madre y la hermana de la víctima, Teresa Ramírez y Gladys Bessonart, respectivamente. Fueron dos querellas diferentes, las que en los decretos de admisión se encontraban firmes y sin objeción por parte de la Defensa del imputado.
Se dicta la prisión preventiva de Rodolfo Delpino, por entonces defendido por el abogado Eugenio Vezzaro, quien a fines de ese mismo año pasa a ser fiscal General de la Provincia, por lo que en representación de la Defensa quedan los letrados Gabriel Gramática y Débora Ferrari, integrantes el estudio jurídico de Vezzaro.
Año 2007
La Querella objeta formalmente la continuidad de la Defensa por parte de miembros del estudio de Vezzaro, argumentando razones éticas.
En mayo, Gladys Bessonart sufre una feroz golpiza propinada por su sobrino Franco Delpino. La hermana de Mariela radica denuncia penal correspondiente.
En junio, los hijos de Mariela se constituyen como querellantes particulares y en su primer acto procesal intentan apartar de la causa a las otras dos Querellas (las de Gladys y Teresa), solicitando la exclusión de ambas.
La Justicia decide excluir sólo a Gladys del proceso y el fallo queda firme. Es decir que, desde 2007 a la actualidad, coexisten en la causa dos Querellas: la de Teresa Ramírez y la que está constituida por los hijos de Mariela, que tienen “intereses contrapuestos”, según dichos del propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
En agosto, Delpino recupera la libertad luego de 377 días.
Año 2008
Gladys toma participación nuevamente en el proceso, ahora en calidad de representante formal de la Querella de su madre, lo que queda firme oportunamente.
Año 2010
Se dicta el requerimiento de elevación a juicio de la causa, el cual -por diversas circunstancias procesales, como oposiciones y apelaciones- llegó hasta la Cámara del Crimen de Río Tercero, donde finalmente quedó firme. Luego, el expediente es remitido a la Cámara de Villa María.
Año 2011
En abril, la Cámara del Crimen local dicta el decreto de citación a juicio para que las partes examinen las actuaciones, los documentos y los elementos secuestrados e interpongan recusaciones, si las hubiere.
Año 2012
En febrero, la Defensa de Delpino plantea un incidente de nulidad respecto de los decretos de admisión de Teresa Ramírez como querellante y los actos posteriores efectuados en la investigación penal preparatoria. El argumento fue que la Querella de la madre de Mariela era “ilegítima” para estar en el proceso y que, al existir un “extraño” en el mismo, vulneraba sus derechos de defensa y el debido proceso.
La Fiscalía de Cámara, mediante un dictamen, considera un “error del fiscal instructor” (Atienza) haber admitido a Ramírez y señala hipotéticas nulidades de cualquier resolución que sostenga la continuidad de la madre de Mariela en la causa. Seguidamente, la Querella que representa a los hijos de la mujer desaparecida adhiere en todos sus términos y requiere la exclusión de Teresa del proceso.
Siguiendo esos argumentos, la Cámara de Villa María resuelve apartar a la madre de Mariela de la causa. La Querella de Teresa Ramírez interpone un recurso de casación para que el TSJ resuelva.
Año 2013
En agosto, el Tribunal Superior decide hacer lugar al recurso planteado por los representantes de Teresa Ramírez, ordenando su “legítima intervención” en el procedimiento.
Además, y en relación a la Querella representada por los hijos de Mariela, el máximo tribunal de la provincia sostuvo literalmente que se estaba ante un “indiscutible compromiso y conflicto de intereses y emociones, con posibilidades claras de influir en el adecuado ejercicio de esas funciones copersecutorias” y que “esa situación resulta más patente ni bien se advierten las consideraciones probatorias tenidas en cuenta en la resolución que ordena la elevación de la causa a juicio, actualmente firme”.