Como “jurídicamente aberrante y lógicamente absurdo”, consideraron los tribunos José Naselli y Gustavo Maristany al hecho de que el empresario de la construcción Angel Luis Franceschina pueda seguir ostentando la calidad de “contratista” y en función de ello, ceda sus derechos al Instituto Municipal de la Vivienda (IMV), luego que desde el municipio se le hayan (en septiembre de 2013) “rescindido sus contratos”.
La incoherente situación, emerge como polémica en el marco de la solicitud de pago (dispuesta a través del decreto Nº 740/14) por 940.290 pesos que la comuna solicitó a favor del IMV para ser aplicado al Programa Federal de mejoramiento de viviendas “Mejor Vivir”.
Cabe recordar que en febrero de 2014, Franceschina como referente de la firma “F&G Construcciones SRL”, rubricó un contrato a través del cual cede todos los derechos derivados de su calidad de contratista.
Lo actuado, evidentemente no tuvo en cuenta los anuncios que de manera pública había hecho la Municipalidad en 2013, anunciando la ruptura del contrato con la empresa constructora.
“Surge con claridad la contradicción e incoherencia entre la rescisión contractual operada el 17 de septiembre de 2013 y comunicada a este Tribunal el 9 de octubre de ese año, por una parte, y la posterior aparición de una cesión de los contratos ya rescindidos”, remarcaron los referentes de la oposición en el Tribunal de Cuentas.
“Ante esta situación que conmueve las leyes de la lógica más elemental, solicitamos el 2 de julio (providencia 6179) la remisión de copia integral de todo lo relativo con la rescisión de los contratos de la obra Mejor Vivir”, enfatizaron Naselli y Maristany a través de una resolución donde rechazan la cesión de fondos al IMV.
Seguidamente los vocales precisaron que la secretaria de Economía Verónica Navarro Alegre y la referente del Instituto Municipal de Inversión (IMI), contadora Rosana Suescum, aportaron escasos e imprecisos datos sobre la rescisión.
“Resulta incomprensible que el intendente, pueda haber aprobado una cesión efectuada por quien ya no era titular de ningún derecho. Por ello, estamos ante un decreto carente de la legalidad más elemental (se desconoce el principio de la congruencia funcional, lógica y jurídica)”, esgrimieron los tribunos.
“¿Cómo es posible que el intendente funde su decreto en una cesión de …derechos y acciones, créditos, intereses, y obligaciones… “que el cedente ya no tiene, por los efectos de la rescisión operada sobre los mismos?”, agregaron los vocales antes de rematar para concluir: “Si la cesión es ilegal, la orden de pago sigue la misma suerte”.