El camarista René Gandarillas le impuso ayer una condena de cuatro años de prisión a un tambero correntino que mató a un compañero de trabajo de una puñalada en el pecho, en medio de una pelea ocurrida en un campo de la zona rural de Etruria.
La pena recayó en Ariel Gustavo Gómez, quien fue declarado autor penalmente responsable de “homicidio simple con exceso en la legítima defensa” por un hecho registrado la noche del 30 de noviembre de 2012, en el que perdió la vida Alejandro Martín Orellano, de 19 años, oriundo de Laborde.
El trágico episodio se produjo en un conocido establecimiento rural ubicado a unos seis kilómetros del casco céntrico etruriense, propiedad de Leonel Lerda, donde Gómez y Orellano trabajaban como peones de tambo.
Según pudo conocerse durante el juicio sustanciado en la víspera en la Cámara del Crimen de Villa María, ambos jornaleros habían mantenido una discusión por una canilla rota, lo que derivó en una pelea que concluyó cuando Gómez se hizo de un cuchillo que había sobre una mesa y le asestó a Orellano un puntazo sobre el flanco derecho del tórax que le perforó un pulmón y le causó un shock hipovolémico que le provocó la muerte en apenas 20 minutos.
El correntino llegó acusado como presunto autor de “homicidio simple”, delito por el cual el fiscal Francisco Márquez solicitó una pena de ocho años de prisión, es decir el mínimo previsto por la legislación argentina, sobre todo porque Gómez no tenía antecedentes penales.
Subsidiariamente, el acusador público pidió una condena de cuatro años de cárcel que para el caso de que el juez considerara que el hecho encuadraba en un caso de “exceso en la legítima defensa”, atento las circunstancias en que se había producido el sangriento episodio.
Ocurre que si bien Orellano era más joven que Gómez (al momento del hecho tenía 26 años), también era más alto y mucho más fornido que el correntino, e incluso por las declaraciones aportadas por otros dos peones rurales que trabajaban en el lugar, testigos presenciales del incidente, se determinó que fue Orellano quien inició la violenta discusión y quien se abalanzó sobre su “contrincante” para agredirlo.
Por su parte, el abogado Eduardo Luis Rodríguez, defensor de Gómez, solicitó la absolución de su cliente por entender que había actuado en legítima defensa, argumentando que su conducta fue siempre pacífica y que quien comenzó con la agresión fue Orellano.
No obstante, coincidió con el fiscal en un pedido de pena subsidiaria, al considerar que en el accionar de Gómez pudo haberse producido un exceso, por lo cual entendió que la pena de cuatro años requerida por Márquez se ajustaba a derecho.
Otros detalles
Ariel Gómez nació en Sauce, provincia de Corrientes, el 6 de agosto de 1986 (hace apenas una semana cumplió 28 años), es soltero y no tiene pareja ni hijos.
Detenido desde la misma noche del homicidio, este convicto primario podrá obtener la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la condena impuesta, es decir dos años y ocho meses. Así, con buena conducta y accediendo al programa de reinserción previsto en el Servicio Penitenciario para los condenados, estará en condiciones legales de salir de la cárcel el 30 de julio de 2015.