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4 de Marzo de 2009
Un cambio de carátula le permitió recuperar la libertad
Pena en suspenso para un vecino de Dalmacio Vélez
Juan Carlos Córdoba llegó a juicio acusado por un hecho de “tentativa de violación”, pero tanto la Fiscalía como la Defensa coincidieron que se trató de un caso de “abuso deshonesto”
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Para el fiscal Márquez (izquierda) y el defensor Martín Silvano no se trató de una “tentativa de violación”, sino de un “abuso sexual simple”. Y el acusado pudo recuperar la libertad...

Un joven trabajador domiciliado en Dalmacio Vélez Sarsfield, pero oriundo de la provincia de Salta, fue condenado ayer por la Cámara del Crimen de Villa María a tres años de prisión de ejecución condicional y pudo recuperar la libertad luego de poco más de cinco meses entre rejas.
La pena recayó en Juan Carlos Córdoba, de 21 años de edad, quien admitió haber querido mantener relaciones sexuales con la denunciante y víctima del hecho, aunque en diferentes términos a los fijados por el fiscal Daniel Del Vö, que instruyó la causa.
En efecto, el titular de la Fiscalía del Tercer Turno acusó a Córdoba por “abuso sexual con acceso carnal, en grado de tentativa” (figura legal que vulgarmente se conoce como “intento de violación”), mientras que durante la audiencia de debate, tanto el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, como el defensor, Marcelo Martín Silvano, coincidieron en que el episodio encuadraba en la calificación de “abuso sexual simple” (otrora “abuso deshonesto”), además de haber cometido “violación de domicilio”.

@La sacó barata

Queda claro, entonces, que Córdoba zafó de una condena que pudo haberlo dejado en la cárcel durante bastante tiempo, ya que la “tentativa de violación” tiene una escala penal que va de cuatro a siete años y seis meses de encierro, mientras que el “abuso deshonesto” es castigado con prisión de seis meses a cuatro años.
Como es habitual en este tipo de procesos, la audiencia se realizó a puertas cerradas por tratarse de un delito de instancia privada. Asimismo, con la confesión del acusado el juicio se abrevió sustancialmente, lo que permitió que no se receptaran testimonios en la sala.
Pese al hermetismo judicial, pudieron conocerse algunos detalles de la causa instruida por el fiscal Del Vö.

@La primera acusación

Según el funcionario, a las 7.30 de la mañana del 29 de setiembre de 2008, Córdoba ingresó al domicilio de la denunciante, una joven de 21 años, sorprendiéndola cuando descansaba.
Sintéticamente, y siempre de acuerdo con la acusación original, el trabajador salteño tomó de los brazos a su víctima y la retuvo fuertemente, para luego manosearle los pechos y la zona vaginal, para después bajarle el pijama y él su pantalón.
La tenaz resistencia de la joven habría impedido que el ataque sexual se consumara, ya que en un descuido del agresor ella le pegó con una lata de té y con una pava, lo que le permitió salir corriendo en busca de ayuda.

@Cambio de calificación

En cambio, tanto Márquez como Martín Silvano coincidieron que “no se pudo comprobar la intencionalidad” de Córdoba de accederla carnalmente, e incluso el propio imputado reconoció ayer en la sala que intentó tener relaciones sexuales con la joven y que ella no quiso, además de admitir que la tocó en sus partes pudendas.
Para abonar sus dichos, el operario dijo que ambos mantenían una relación pasional secreta (sostuvo que ella estaba de novia con otro hombre) y que aquella mañana entró ebrio a la finca.
Ante esta situación, el fiscal y el defensor coincidieron en pedir el cambio de calificación legal y, de igual modo, la pena en suspenso finalmente aplicada, sobre todo porque Córdoba no tenía antecedentes penales.

@Otros detalles

El juicio fue presidido por el camarista René Gandarillas y también intervino la secretaria Gabriela Sanz.
Finalmente, cabe señalar que Córdoba nació en la ciudad salteña de Orán el 9 de setiembre de 1987, pero al momento del hecho (día en el que fue detenido por la Policía) estaba radicado en Intendente Ruiz s/n de Dalmacio Vélez, ya que trabajaba en la conocida manicera Industrias Martín Cubero.

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