El concejal y exsecretario de Gobierno y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Villa Nueva, Natalio Osvaldo Graglia (39), fue absuelto ayer por la Justicia local, en el marco de una querella criminal por “calumnias” e “injurias” que le había iniciado el disc-jockey y sonidista villanovense Claudio Javier Mellano, a raíz de una serie de supuestas acusaciones que el funcionario hizo a través de la red social Facebook.
La audiencia de debate oral y pública (que curiosamente se realizó a puertas cerradas), se llevó a cabo en la Cámara del Crimen de Villa María y fue presidida por el juez Félix Martínez, quien ya había intervenido en una audiencia de conciliación, sustanciada a fines de febrero pasado, oportunidad en la que Graglia no se retractó.
Además del citado camarista y de los protagonistas del caso, participaron del proceso el abogado de la Querella, Antonio Alarcos, y el letrado defensor, Marcelo Martín Silvano.
De acuerdo con la acusación que se le atribuía, el 13 de octubre de 2013 (el lunes se cumplió exactamente un año), Graglia publicó una serie de comentarios en la página oficial que el municipio villanovense posee en Facebook aludiendo al conocido disc-jockey.
Mellano consideró que dichas expresiones lo desacreditaron públicamente y afectaron su buen nombre y honor, por lo que presentó una querella penal el 19 de diciembre, tras lo cual la Cámara intimó al exfuncionario de Guillermo Cavagnero para que designara abogado defensor y posteriormente fijó audiencia de conciliación para el 25 de febrero.
Pero como en esa instancia no hubo acuerdo, la causa debió dirimirse en el juicio que fue sustanciado en la víspera.
A la hora de los alegatos, Alarcos solicitó como condena una multa de 22 mil pesos, mientras que Martín Silvano pidió la absolución de su cliente tras sostener que el hecho no estaba acreditado y que los dichos que Mellano le atribuía a Graglia no configuraban calumnia ni injuria.
Finalmente, cabe señalar que el juez Martínez no sólo absolvió al edil de los delitos que se le atribuían, sino que además le impuso las costas del proceso al querellante.