Que sí o que no, la respuesta se puede aplicar a cualquier circunstancia. Si, por ejemplo, tuvo un siniestro de tránsito en el que están involucrados -como sucede generalmente- dos o más vehículos, la primera preocupación surge de saber si los protagonistas tienen o no cobertura de seguro, qué alcance cubre y, como si fuera poco, con qué compañía lo contrató.
Este no es un dato menor, a lo que se suma el domicilio de la aseguradora, porque tener que lidiar con una empresa lejana o poco solvente (como podría haber alguna por allí) puede transformarse en una odisea a la hora de reclamar el resarcimiento de los daños que pudiera tener derecho a obtener.
Si “el otro” involucrado en un siniestro no cuenta con seguro, la contienda judicial o extrajudicial será directamente con él. Entonces, la situación puede presentar dos facetas muy frecuentes.
Una: si el reclamante tiene derecho a la eventual indemnización, tendrá más chances de lograrlo si el contrincante es solvente y tiene respaldo patrimonial.
Otra: que ese “otro” sea insolvente y no tenga bienes o recursos sobre los que se pudiera accionar. Allí nos encontramos en la absoluta indefensión, librados a la irresponsabilidad patrimonial de quien, como muchos que circulan hoy en tales condiciones, expone al resto a sufrir daños económicos y de todo tipo imposibles de recuperar.
¿Y si es a la inversa?
La situación puede ser que “el otro” seamos nosotros mismos. ¿Con qué derecho exponemos a los demás a los riesgos antes señalados?
Por eso bien está que las normas vigentes exijan que todos los vehículos cuenten con la cobertura vigente del seguro como una manera de proteger a los demás y protegerse a sí mismos.
Hay muchos más riesgos
Otro aspecto a tener en cuenta es que lo apuntado se aplica, también, a diferentes riesgos de las actividades y la vida cotidiana. Tales son los casos de responsabilidad civil de cualquier género, daños y perjuicios, robos, hurtos, fidelidad patrimonial, viviendas con sus contenidos mobiliarios, artísticos, cristales, caudales y hasta los que surgen de los delitos electrónicos capaces de despojarnos de depósitos bancarios o someternos a pagos y débitos indebidos.
Vacío legal
Hasta aquí todo está muy claro. Pero queda un vacío que encuentra en el propio Estado al responsable de llenarlo. Es lo que surge de los accidentes protagonizados por vehículos que no cumplen las mínimas condiciones de seguridad integral para circular y aquellos que, por su antigüedad, están fuera del sistema. También por instalaciones públicas, rutas y calles inadecuadas, en mal estado o mal señalizadas, así como domiciliarias, comerciales e industriales inseguras, gente que trabaja desprotegida de elementos e indumentaria de seguridad y cuántas cosas más.
¡Ah, bueno!