“Los grandes conglomerados urbanos son los verdaderos imanes de la inversión inmobiliaria. Siempre hay espacio para las propuestas innovadoras y creativas que impulsan el desarrollo de zonas nuevas y regiones no tradicionales. Pero quien coloca fondos en ladrillos es, en esencia, conservador, de manera que los productos más tradicionales son lo que tienen más chances de transformarse en nuevos y exitosos emprendimientos.
Hay que tener en cuenta que las propiedades en Buenos Aires hoy están más baratas que en Montevideo, Santiago de Chile, Lima y Bogotá y son mucho más baratas que en San Pablo. Por el valor de un departamento de lujo en Miami, en Buenos Aires uno se puede hacer un edificio entero de ocho pisos”.
Damián Tabakman
Elinmobiliario.com
El Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba (CPI) proporcionó las pautas para que ocasionales clientes no sean objeto de acciones ilegales por parte de individuos inescrupulosos que realizan acciones en calidad de supuestos corredores inmobiliarios.
En tal sentido, el organismo que nuclea a los profesionales en el territorio cordobés precisó que es obligación de un corredor inmobiliario que opere en esta provincia “presentar el carné profesional en cada instancia que lo requiera el ejercicio profesional”.
Exige, además, “indicar el número de la matrícula CPI en carteles de promoción de productos, publicidades o cualquier medio donde esté determinada la marca de la inmobiliaria habilitada”.
Asimismo, el profesional debe “presentar la oblea habilitante (foto) en la oficina, en un lugar visible y de fácil acceso público”, a lo que se agrega la obligación del corredor inmobiliario de “pagar regularmente las obligaciones societarias al Colegio”.
Beneficios
Por otro lado, el Colegio detalló cuáles son los beneficios de contratar un profesional legal.
En tal sentido, apuntó que, “si la inmobiliaria no tiene un profesional CPI como responsable, no puede cobrar comisión ni honorarios, (y) es considerada ilegal”.
Un corredor inmobiliario legal “garantiza que la operación inmobiliaria y la inversión estén dentro del marco legal que otorga la Ley Provincial Nº 9.445”.
A su vez, “un inmobiliario con matrícula CPI tiene el respaldo y la seguridad jurídica de un colegio profesional”.
Se expresó, en forma categórica, que “ninguna otra matrícula o profesional están habilitados para ejercer la actividad inmobiliaria en la provincia de Córdoba” y que “toda la documentación y trámites de la operación deben estar firmados por el inmobiliario CPI interviniente, sólo su hay garantía de que la operación sea legal”.
El Colegio explicó que todas las recomendaciones se deben a que “la profesión de corredor inmobiliario es aún manipulada y desprestigiada por muchas personas que ejercen una actividad comercial en el mercado inmobiliario y no están encuadradas correctamente bajo la Ley Nº 9.445, única norma que otorga marco legal a nuestra actividad a nivel provincial”.