Para comenzar, nos haremos la pregunta básica acerca de ¿qué es la mediación?
La mediación es un proceso que, con la intervención de un tercero neutral (mediador), busca la manera de facilitar entre las partes una comunicación eficaz para solucionar los conflictos entre ellas, de manera tal que las personas involucradas en el mismo encuentren una recíproca satisfacción de sus intereses, a través de un acuerdo.
Dicho proceso se realiza en un ambiente amigable, tranquilo y confidencial, en el que cada uno de los que intervienen tiene la posibilidad de manifestar su punto de vista, con total libertad, siempre y cuando lo haga respetuosamente. Esto se realiza en reuniones conjuntas de los mediadores con las personas involucradas, y/o privadas de los mediadores con cada una de esas personas.
La mediación está regulada por la Ley Provincial N° 8.858, que en nuestra provincia está vigente desde el año 2000; en Buenos Aires y otras provincias, desde varios años antes. Hay otras legislaciones que la están incorporando actualmente.
¿Cómo se puede acceder a la mediación?
Existen dos vías: 1) la judicial: es cuando en un juicio ya iniciado el juez interviniente remite la causa al Centro Judicial de Mediación, por los motivos que están expresamente estipulados en la ley.
La ventaja que tiene es la posibilidad de culminar con un proceso judicial que frecuentemente es muy extenso y, a veces, traumático para las partes.
Si no se puede arribar al acuerdo, la causa vuelve a Tribunales y continúa su curso.
2) La extrajudicial: cualquier persona mayor de edad puede solicitarla en un Centro Público de Mediación, ya sea personalmente o por intermedio de su abogado (no es indispensable la presencia de abogado en la mediación extrajudicial).
La gran ventaja que tiene esta última opción es la posibilidad de lograr la solución de los problemas evitando el proceso judicial, que puede llegar a ser sumamente extenso y tedioso.
El acuerdo al que arriban las partes de un conflicto en mediación tiene el gran valor de ser una construcción realizada por ellos, con su querer y su poder. Ese querer y ese poder que se plasma en el acuerdo, además de terminar con el conflicto y aliviar a las partes, tiene un elevado grado de cumplimiento porque es la voluntad de ellas, a diferencia de una sentencia judicial, que muchas veces desconoce sobre la realidad y circunstancias de las personas.
En nuestra ciudad funciona un Centro Extrajudicial en el Colegio de Abogados. Cualquier ciudadano puede solicitar una mediación llenando un sencillo formulario en el que únicamente constarán sus datos y el de la otra u otras partes requeridas a la mediación.
Si no se logra arribar a ningún acuerdo, siempre queda abierta la posibilidad de acudir a la Justicia.
¿El proceso de mediación tiene costo?
El proceso de mediación tiene un costo administrativo de gestión de notificaciones más los honorarios de los mediadores, que debe ser abonado por las partes, ya sea de manera compartida o por una de ellas, según se acuerde. Dicho costo dependerá de diversas circunstancias que tienen que ver con la complejidad de la causa y los intereses en juego. Aun así, comparándolos con los de un proceso judicial, las partes economizan tanto en dinero, como en tiempo y tranquilidad.
La mediación es muy poco conocida en la población, por ello, y siendo una importante herramienta para la solución de conflictos, debemos difundirla. Incluso los abogados pueden alentar a la gente a intentar la mediación, acompañando y asesorando a su cliente en el proceso y cobrando por ello sus honorarios. Si se logra el acuerdo, el abogado también logra su objetivo, ya que se llega a una solución más rápida y eficaz.
Centro Público de Mediación del Colegio de Abogados de Villa María