“El proyecto del Código Procesal Penal nuevo se caracteriza por la informalidad. Desaparece el expediente y al igual que uno ve en las películas americanas, los fiscales van a ir haciendo un legajo de pruebas y luego se citará en una audiencia oral al imputado, se le notificará lo que hay en su contra, el juez resolverá oralmente la situación procesal y a partir de ahí el fiscal tendrá nada más que un año para completar la investigación”, resumió el fiscal de la Cámara del Crimen, Francisco Márquez, quien aclaró que tiene un conocimiento prematuro y superficial de la iniciativa habida cuenta de que hace pocas horas ingresó al Congreso.
“El nuevo Código copia del (cuerpo procesal) cordobés, de Catamarca y de otras provincias el hecho de que sea el fiscal de Instrucción (o el nombre que se le dé) el que investiga y que sea el juez quien va resolviendo. Es más moderno pero más atrevido”, dijo, aludiendo con lo último a la desaparición del expediente.
“Se establece el juicio por audiencias. Si el fiscal decide pedir hasta tres años de prisión, habrá un juez; para penas de más de tres años, se necesitarán tres jueces y se prevé la aplicación del juicio por jurado que no está claro si es con el sistema de jurado anglosajón que vemos en las películas americanas o el que tenemos los cordobeses. La prueba podrá ser tomada en forma escrita o filmada, o a través de nuevos elementos tecnológicos que aparezcan”, especificó el funcionario.
“La idea es un avance hacia lo acusatorio, que va a ser copiado por muchas provincias, incluso vaya a saber si por nosotros también en esta cuestión de la informalidad con la desaparición del expediente”, consideró. “El tema es cómo se van a organizar esos legajos, habrá que copiar lo que haya funcionado en otros lugares del mundo y cómo vamos a garantizar la independencia del fiscal”.
“Es un sistema acusatorio puro como diferenciándolo del inquisitivo, que podría haber sido el de la época medieval cuando los tribunales de la inquisición recitaban todo sin que el imputado pudiera saber cuáles eran los elementos de prueba que obraban en su contra. Lo acusatorio significa que quien gana el protagonismo es el Ministerio Público Fiscal y por el otro lado la Defensa. Por el Código Procesal Penal hoy vigente, en la Justicia Federal el que investiga es el juez de Instrucción, es decir, el doctor Rebak en Villa María, entonces quien tiene por juez a un investigador necesita actualmente a Dios como defensor. Si el que te acusa es el propio juez, necesitas a Dios para que te defienda”, ironizó.
En cuanto a los plazos de instrucción que propone la iniciativa, aclaró: “Los códigos establecen plazos y después empezamos a discutir si son fatales, si no son, si son perentorios u ordenatorios, porque o ponemos la cantidad de jueces que haga falta para la cantidad de juicios que hay o existe el riesgo de que pasen al olvido muchas causas”.
“Me parece una buena expresión de deseo y requerirá de mucha gente y de un cambio de mentalidad, porque el no tener el expediente va a desformalizar las cosas, desaparecerán las forma sacramentales como tenemos hoy, entonces habrá que ver si este principio informal que declara la ley a través de la reglamentaciones del procurador de la Corte no termina siendo una delegación de rituales que salen del Congreso y entra a legislarlo el fiscal general. Habrá debate y habrá que aprender a trabajar con el informalismo”, cerró.
Algunas claves
La presidenta Cristina Fernández envió al Congreso un proyecto de ley para reformar el Código Procesal Penal. EL DIARIO recogió las apreciaciones de tres referentes de la Justicia cordobesa: un fiscal y dos abogados penalistas. Cabe aclarar que la iniciativa de la jefa de Estado regulará a la Justicia Federal y no la provincial.
Las claves son:
- Se establece un sistema acusatorio que delega en el fiscal la investigación, en remplazo del actual sistema mixto.
- La instrucción de las causas deberá realizarse en el plazo de un año y el juicio oral deberá iniciarse entre cinco y 30 días después de terminada la investigación.
- Se establece la prisión preventiva en base a la naturaleza, circunstancia del hecho y la conmoción social que generó.
- Contempla la expulsión de extranjeros que estén en situación irregular en el país y sean sorprendidos in fraganti en el delito.
- Los que cometan delitos graves estarán presos desde el primer día de investigación.