Como consecuencia de sendos acuerdos previos entre el fiscal de Cámara y los respectivos defensores, la jueza Silvia Saslavsky de Camandone condenó ayer a dos individuos que confesaron haber abusado de niñas menores de edad en Villa María y en Oliva, en dos juicios abreviados sustanciados en la Cámara del Crimen local.
La pena más alta recayó en Gustavo Gabriel Beltrán (45), a quien se le impuso una sanción de cinco años y seis meses de prisión efectiva tras ser declarado culpable de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo y reiterado”, mientras que Juan Marcelo Sosa (39), recibió una condena de cuatro años de cárcel, también de cumplimiento efectivo, por hechos de “abuso sexual simple reiterado”, “abuso sexual simple calificado por el vínculo reiterado” y “exhibiciones obscenas”.
Como es habitual en este tipo de procesos, los dos juicios orales se realizaron a puertas cerradas porque los hechos investigados eran de instancia privada, en los que -además- las víctimas son menores de edad. Por eso, para preservar la identidad de las niñas abusadas, las deliberaciones se llevaron a cabo sin la presencia de público en la sala ubicada en el quinto piso de Tribunales.
Sin embargo, pudo saberse que tanto Beltrán como Sosa (cada uno a su turno) admitieron su responsabilidad penal en los ilícitos que se les atribuían, lo que permitió que las audiencias de debate se concretaran bajo la modalidad de “trámite abreviado”, es decir sin receptarse testimonios y demás pruebas ante la confesión lisa y llana de ambos imputados.
Por la tarde
En el segundo juicio de la jornada, Gustavo Beltrán fue condenado por tres hechos de abuso perpetrados en fechas no precisadas con exactitud, pero comprendidas entre diciembre de 2011 y octubre de 2012, en dos domicilios villamarienses.
De acuerdo con la requisitoria fiscal de elevación a juicio, el primero de los episodios se produjo en la vivienda que a fines de 2011 ocupaba en calle Brandsen al 440, en barrio San Martín, donde en horas de la madrugada y aprovechando las circunstancias de que los demás dormían, en reiteradas oportunidades ingresó a la habitación de su víctima (por entonces de 12 años), se introdujo en su cama y la manoseó en la región vaginal.
Hechos de similares características ocurrieron durante 2012, pero en otro domicilio, sito en calle Venezuela al 100, en barrio Las Playas, donde en reiteradas oportunidades, también de madrugada o por la mañana, Beltrán ingresó a la habitación de la criatura para manosearla en sus zonas pudendas mientras dormía.
El tercero de los hechos, y quizás el más grave por sus consecuencias, se produjo entre junio y octubre de 2012, nuevamente en la casa de barrio Las Playas, donde el disoluto individuo reiteró sus prácticas abusivas, aunque en esa oportunidad, y producto de los tocamientos, le ocasionó a la menor desfloramiento del himen con desgarro incompleto.
Cuando concluyó la audiencia, EL DIARIO dialogó con el abogado Eduardo Luis Rodríguez, defensor de Beltrán, quien precisó que “en este tipo de delitos, denominados de ‘naturaleza oculta’, donde difícilmente se encuentren pruebas distintas a los dichos de víctima y victimarios, la causa queda en manos de la actividad de los peritos en psicología, y eso es lo que la defensa debe analizar”.
“Es una irresponsabilidad ingresar a un juicio oral si no se cuenta en el expediente con pruebas favorables, aún cuando haya duda sobre la inocencia del acusado”, añadió Rodríguez, y concluyó señalando que “en estos procesos las pericias psicológicas son determinantes y es un punto en donde la Justicia debe procurar urgentes modificaciones, porque los peritos terminan siendo más importantes que las otras partes del proceso, manejando una ciencia que no es exacta, pero se aplica como si lo fuera”.
Finalmente, cabe señalar que Gustavo Beltrán es maestro panadero, facturero y repostero, aunque al momento de ser detenido (el 24 de noviembre de 2012) se ganaba la vida realizando tareas de albañilería en forma independiente.
Nacido en Villa María el 29 de septiembre de 1969 y con último domicilio en calle Suiza sin número, en barrio Las Playas, Beltrán deberá completar los dos tercios de la condena (es decir, tres años y ocho meses) para poder solicitar la “libertad condicional”.
Sin embargo, eso no implica que dicho beneficio excarcelatorio se le conceda en forma automática y sin más trámite. Por el contrario, en la mayoría de los casos de abuso sexual la Justicia provincial es mucho más estricta y rigurosa al momento de evaluar la pericia psicológica que determina si el condenado está en condiciones de reinsertarse socialmente, más allá de que haya observado buena conducta durante todo el período de detención.
En definitiva, no es un hecho que Beltrán vaya a ser liberado cuando cumpla los dos tercios de la pena impuesta en la víspera (fines de julio de 2016) y puede ocurrir, incluso, que tenga que completar los cinco años y medio de prisión (fines de mayo de 2018).
A primera hora
En tanto, en el primer juicio de la jornada, Juan Marcelo Sosa fue condenado a cuatro años de prisión por manosear a diferentes niñas que concurrían a la escuela de verano del Club Independiente de la ciudad de Oliva, donde se desempeñaba como encargado de mantenimiento de la pileta y atendía un quiosco.
Según pudo saberse, los hechos se produjeron en las temporadas estivales de 2010 a 2013, cuando el sujeto en cuestión se arrojaba a la piscina y, haciéndose el distraído, toqueteaba a las pequeñas bañistas dentro del agua.
En una oportunidad se bajó la ropa frente a una nena y le exhibió sus genitales, circunstancia que derivó en una denuncia de la madre de la víctima y la posterior detención de Sosa, en mayo del año pasado, por ese y los otros abusos.
Este peón de albañil y jornalero de 39 años de edad fue declarado culpable de “abuso sexual simple reiterado” (dos hechos), “abuso sexual simple calificado por el vínculo reiterado” (dos hechos) y “exhibiciones obscenas” luego de admitir su responsabilidad.
Como ya lleva 17 meses entre rejas, tendrá que completar los dos tercios de la pena (o sea, dos años y ocho meses) para solicitar la “condicional”. Pero, del mismo modo que en el caso anterior, lo más probable es que tenga que cumplir la totalidad de la condena (mayo de 2017) para poder obtener la libertad.
En este proceso penal, una familiar directa de Sosa se constituyó en la causa como querellante particular, con el patrocinio del abogado olivense Manuel Toledo, por un hecho de abuso sexual que tuvo como víctima a su propia hija, que también fue víctima de manoseos y tocamientos impúdicos.
Cabe señalar que ambos juicios fueron presididos por la jueza Saslavsky de Camandone y contaron con la participación del fiscal Francisco Márquez y de la secretaria Gabriela Sanz. En tanto, la asesora letrada Ana María Díaz intervino como defensora oficial de Sosa.