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28 de Noviembre de 2014
Nuevo Código Civil - Sostienen que un registro evitaría falsedades
Escribanas creen "indispensable" registrar la unión convivencial
Spila resaltó que de todas maneras la nueva legislación protege estas uniones
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Las delegadas de Escribanos de Villa María anunciaron una actividad que se concretará desde hoy a las 17 y en la que confluirán noveles escribanos de toda la provincia

 

La delegada titular del Colegio de Escribanos de Villa María, Alcira del Valle Spila, y la delegada suplente, María Inés Redín, consideraron que “es imprescindible” que exista un registro de uniones convivenciales, de cara a la nueva legislación que comenzará a regir desde el 1 de enero de 2016 con las modificaciones impuestas recientemente al Código Civil de la Nación.
Además, Spila dijo que con los cambios aparecen “mil interrogantes” y que habrá un largo camino que recorrer y mucho por debatir.
Las declaraciones fueron formuladas ayer a la mañana en una conferencia de prensa en la que se anunció la actividad de esta tarde a las 17, en la que la escribana Pamela Snopek abordará los aspectos notariales de la Ley de Género y su colega María Celina Belmonte hablará de uniones convivenciales en la sede del colegio, en calle Buenos Aires 1416.
 
Uniones
 
Spila indicó que la unión convivencial “mejora la situación actual de lo que hoy llamamos concubino, dando una registración - esto posiblemente, porque no está previsto en la ley- y brindándole más derechos, por ejemplo, al uso de vivienda familiar o al derecho de la cuota alimentaria”.
“Actualmente, cuando se disuelve una sociedad convivencial que no está registrada en ningún lado (que hay muchas) uno no tiene nada que ver con lo del otro. Por ejemplo, ambos son solteros y lo que está a nombre de cada uno es de cada uno y no se tiene nada que ver con lo del otro”, comparó.
La profesional apuntó que “lo que se trata no es modificar, sino proteger” a la persona “sobre todo cuando hay chicos” y recalcó que “se está bregando para que haya un registro, lo que nos daría mucha claridad en el caso de que vivan juntos y que se lo haga como algo serio, sin casarse”.
Con el registro, resaltó, “se evitaría mucha falsedad y casos como de quien demanda al otro cuando quizás sólo hubo una relación accidental, no convivencial”.
Hablando a título personal, Spila sostuvo que el registro de uniones convivenciales “sería básico e imprescindible porque delimitaría quién quiere registrarse como concubino y a quién no lo interesa hacerlo”.
Afirmó que esta circunstancia se impone en la sociedad actual, en la que muchas parejas están conformadas por miembros “que siguen en casas de los padres, aunque tengan hijos en común y quizás se juntan para irse de viaje, pero no hay convivencia, ni trabajo en común”.
La referente local de Escribanos anticipó que con las modificaciones ya aprobadas en el Código Civil “a partir de 2016 tendremos una legislación específica de uniones, con una protección especial y que abrirá mil interrogantes, porque tenemos un Código que es de fines de 1800 y 100 años de doctrina y jurisprudencia que nos van guiando cómo aplicar la norma de la ley”. En este último sentido,  advirtió que “siempre en el derecho dos más dos no son cuatro, si no, no habría fallos contradictorios; hay interpretaciones, doctrinas, fallos en el Tribunal Superior que unifican, después se cambia la jurisprudencia y la norma siempre es la misma, así que imaginen el camino que hay que recorrer a partir del 1 de enero de 2016”.
En cuanto a la Ley de Identidad de Género, a la que Spila evaluó como “una legislación sumamente de avanzada porque no hace falta operación, aspecto psicológico ni decisión judicial, sino que es un trámite meramente administrativo”, dijo que nacieron interrogantes sobre los aspectos registrales, “porque hay que legitimar de nuevo a esa persona”.
“Esa misma persona tendrá nueva identidad -probablemente mantendrá su mismo número de documento, pero no estamos seguros- y estamos en un mar de nebulosas; tendremos que ver cómo registrar los bienes de la persona y cómo garantizamos su derecho a la confidencialidad, porque no a todos les gusta que se publicite”, indicó.
Si bien esta ley ya está en vigencia, “no hay doctrina ni jurisprudencia”, por lo que todo es nuevo.
“Por ejemplo, un matrimonio con dos hijos que todavía no pasó los bienes no sería problema porque se toma la segunda identidad a tal fin, pero si estaba actuando en lo comercial o civil, si incluso tiene hijos o integra una sociedad o cualquier actividad, y en ese marco cambia su identidad, es un desafío lo que generará notarialmente”, ilustró.


 

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