La Ley de Agricultura Familiar, que declara de interés público a la agricultura familiar, campesina e indígena, sancionada en diciembre en el Congreso Nacional y promulgada el 20 de enero por el Ejecutivo nacional, fue publicada en el Boletín Oficial con el número 27.118.
La norma, resultado de un extenso trabajo entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y entidades representativas, declara de interés público al sector "por su contribución a la seguridad y la soberanía alimentaria del pueblo", al tiempo que se propone corregir disparidades en el desarrollo regional mediante la reconversión económica y productiva.
“La Ley de Agricultura Familiar fue una lucha de este Gobierno y con su puesta en vigencia estamos iniciando una nueva etapa de transformación y ejecución de políticas públicas para regenerar y fortalecer a estos sectores que muchas veces fueron postergados por los gobiernos de turno”, destacó el ministro Carlos Casamiquela.