El artículo 13 del Código Penal de la Nación establece que “el condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 35 años de condena (...), observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la Dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostiquen en forma individualizada y favorable su reinserción social”.
Pasado en limpio, esto quiere decir que, de quedar firme la sentencia impuesta en la víspera, Paola Verónica Ortiz estará en situación legal de solicitar la excarcelación cuando complete la sentencia, lo que no significa que dicho beneficio se le conceda sin más trámite.
En efecto, no sólo deberá observar buena conducta durante todo el período de detención, sino que, además, tendrá que sortear con éxito una pericia psicológica y otra psiquiátrica que determinen que está en condiciones de reinsertarse socialmente.
En definitiva, y para que quede bien claro, Ortiz estará efectivamente en la cárcel hasta el 6 de noviembre de 2047, fecha en la que se cumplirán aquellos 35 años a los que alude el citado artículo 13.
Como dato complementario, puede decirse que para entonces tendrá 64 años, ya que nació el 29 de marzo de 1983.