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8 de Marzo de 2015
DIA DE LA MUJER - Entrevista - Alcira Spila
Cambios para bien
La escribana analiza cómo la reforma del Código Civil, a su criterio, implica un nuevo hito en materia de derechos para las mujeres
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Alcira Spila

A principios de octubre del año pasado se sancionó la reforma y unificación del Código Civil y Comercial. Si bien son múltiples las modificaciones y la incidencia que estas van a tener desde el 1 de agosto de este año, cuando entren en vigencia, la escribana Alicia Spila no dudó en afirmar que esta modificación ha sido favorable para las mujeres.

En un repaso por la historia de la evolución de los derechos de las mujeres, Spila, quien participó de la organización de disertaciones para la difusión de este nuevo Código Civil, destacó los puntos sobresalientes en los que pueden verse favorecidas las mujeres tras la reforma.
 
Cambios favorables
“A partir del año 1927 hay un primer hito en los derechos de la mujer y en 1947 se produce el segundo hito histórico, cuando por primera vez puede elegir y ser elegida. Ahora se produce un nuevo hito en materia de mujeres”, consideró al iniciar una pequeña recorrida histórica.
Tiempo atrás -“aunque no estoy hablando de tantos años atrás”, aclara- a la mujer “se la tenía muy encasillada dentro de su ámbito natural, a punto tal que era algo hasta deshonroso que el marido no la mantuviera porque hablaba mal del hombre, como quien no cumplía con sus obligaciones”. Para la escribana, con el paso del tiempo se produce una modificación, la mujer “sale a trabajar, se incluye, contrae matrimonio, si lo hace, mucho más grande, y se empieza a notar el fenómeno de la unión convivencial”.
Es por esto que el Estado se ve obligado a aggiornarse al nuevo molde social. Spila comparó que “hoy la concubina o conviviente, en realidad, tiene derechos prácticamente nulos en cuanto a lo patrimonial, ahora es un ser jurídicamente neutro, que no tiene derechos y no sabemos hasta dónde llegan sus obligaciones, salvo en caso de la existencia de un hijo”. 
Lo que pasará a partir del 1 de agosto, explica Spila, es que “se produce también un antes y un después, ya que las uniones convivenciales no tenían ningún tipo de regulación y a partir de ahora la tendrán, la convivencia podrá registrarse, lo que no es equivalente al matrimonio y cada uno de los gobiernos provinciales tendrá que instrumentar un registro de uniones convivenciales”.
Otra de las diferencias importantes, según Spila, del nuevo Código, es que actualmente “si contraes matrimonio, el solo hecho de hacerlo civilmente marca el comienzo forzado y forzoso de una situación de comunidad de bienes que se llama sociedad conyugal y hoy todo aquello que se compra con posterioridad al matrimonio es ganancial y lo único propio que podés tener después es aquello que viene por herencia o donación. Esto se justificaba porque antes la mujer no trabajaba”, consideró.
A partir de la reforma, “se va a producir una modificación sustancial porque los matrimonios pueden o no quedar con el régimen de comunidad de bienes”, destacó, y ejemplificó que “la gente que no se casa por el hecho de que uno es económicamente muy pudiente y el otro no, va a poder hacerlo sin mezclar; lo que gana uno es de uno y lo que gana otro es de otro, pero sin dejar de lado las obligaciones de ambos del mantenimiento del hogar común”.
La interpretación que la escribana hace de esto es que “es bueno que la mujer también pueda elegir, como el varón, si quiere compartir su esfuerzo; me gusta la igualdad de oportunidades, creo que es un nuevo desafío”. “En esta igualdad que se nos ha dado, vamos a tener que cumplir todos nuevos roles, el varón adaptarse a esta nueva mujer, que decide, que resuelve, que se equipara o no en los ingresos con él”, enfatizó.
Finalmente, utilizó un caso concreto para ejemplificar una situación que, contó, suele darse con cierta frecuencia: “Cuántos hombres se han fundido porque una mujer gasta lo que no debe y cuántas mujeres se han tenido que hacer cargo de deudas de sus maridos que terminan quebrados; ahora eso, sí así lo eligen, ya no volverá a pasar”.

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