El fiscal de la Cámara del Crimen de Villa María, Francisco Márquez, amplió ayer la grave imputación que pesa sobre Marcos Rubén Rojas (25) y lo acusó como presunto autor de “homicidio doblemente calificado, por críminis causa y por alevosía”.
Sobre el final de la tercera audiencia del juicio que se le sigue al joven de Carrilobo por el asesinato de Catalina Bernardiz viuda de Navarro (72), el fiscal consideró que había elementos suficientes para atribuirle un nuevo agravante, ya que Rojas llegó acusado como supuesto autor de “homicidio calificado por críminis causa”, es decir, matar para ocultar otro delito -en este caso, un robo- y lograr así la impunidad.
A la luz de los testimonios receptados durante lo que va del proceso oral, Márquez afirmó que el agresor acató a la septuagenaria “por la espalda”, en forma “sorpresiva, súbita y alevosamente y sin ningún peligro para él”.
Ante esta circunstancia, consideró que el obrar de Rojas también encuadra en el agravante de la “alevosía” y, por ende, amplió la acusación original formulada por su par de Instrucción, Gustavo Atienza.
La nueva imputación no aumenta la sanción prevista por la legislación argentina, ya que ambas calificantes tienen como único castigo la prisión perpetua. Sin embargo, la descripción jurídica es mucho más grave, ya que no sólo se trata de un crimen perpetrado para consumar otro delito, sino que, además, la agresión fue realizada por Rojas aprovechando el “estado de indefensión de la víctima” y “sin correr riesgos para sí”.
Qué dice la ley
El “homicidio calificado por críminis causa” es legislado por el artículo 80 del Código Penal de la Nación, inciso 7º, que establece que “se impondrá prisión perpetua al que matare (…) para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito”.
En tanto, el inciso 2º de la misma norma legal precisa que se aplicará la pena máxima al que matare “con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso”.
Breve declaración
Luego de que el fiscal ampliara la acusación, el juez René Gandarillas (presidente del tribunal) le informó a Rojas que ante esa nueva intimación, la ley le acuerda el derecho de declarar o de abstenerse de hacerlo, sin que ello sea interpretado como una presunción de culpabilidad.
Lo mismo había hecho el camarista a poco de comenzado el juicio, el lunes pasado, pero en aquella oportunidad Rojas optó por abstenerse de comparecer en relación al gravísimo hecho que se le atribuye.
Ayer, sin embargo, dijo que sí iba a declarar, aunque lo hizo muy brevemente: “Yo no fui el que la mató”, fue la frase que, a modo de susurro, pronunció el joven frente a jueces y jurados populares. No agregó más palabras, al tiempo que sus codefensores dijeron que no iba a responder preguntas.
Ultimos testigos
La audiencia de la víspera comenzó minutos antes de las 10 con el testimonio del policía Emanuel Alejandro Ludueña, quien en pocas palabras recordó cuál había sido su intervención funcional en esta causa por haber sido puesto como consigna de custodia frente al domicilio de Bernardiz ni bien fue hallado el cadáver.
Posteriormente compareció Fernando Oscar Bolatti, propietario de una empresa de transporte de cargas de Pozo del Molle en la que trabaja Rubén Bartola Rojas, papá del acusado.
El testigo convocado por la Defensa sostuvo que Rojas padre cumple tareas en su empresa como sereno desde hace unos ocho años y ante insistentes preguntas del fiscal, el testigo terminó admitiendo que lo tiene “en negro” y que, por esa circunstancia, estaba evadiendo impuestos al fisco.
Márquez pidió entonces que se dejara constancia de esa declaración en el acta.
El comparendo del comerciante mollense tiene directa relación con las expresiones formuladas el miércoles por Rubén Rojas, quien declaró que los 2.500 pesos que secuestró la Policía en su casa (cuando fue allanada, al día siguiente del crimen), eran parte del sueldo que le pagaba el dueño de Bolatti SRL por la tarea que realizaba en la firma.
Informe de autopsia
El tercer y último testigo fue el médico forense de los Tribunales locales, Gustavo Federico Rodríguez, quien tuvo a su cargo la autopsia de Bernardiz a primera hora de la mañana del 3 de octubre de 2012.
A pedido del tribunal, el facultativo leyó en voz alta el informe que él mismo había elaborado luego de examinar externa e internamente el cadáver de la septuagenaria en la Morgue Judicial que funciona en el Hospital Regional Pasteur de Villa María.
Sostuvo que el cuerpo presentaba tres heridas punzocortantes en el cuello, aunque aclaró luego que dichas lesiones no habían sido las causantes de la muerte.
No se defendió
Rodríguez precisó también que no había detectado signos de lucha y/o defensa por parte de la víctima, lo que abona la hipótesis de que Bernardiz fue atacada en forma sorpresiva, encontrándose al momento del ataque en estado de total indefensión.
Al examinar minuciosamente el cráneo, el forense explicó que presentaba una fractura en la región occipital (parte trasera de la cabeza, arriba de la nuca), en forma de “L” invertida, de 7 centímetros de alto por 5 de ancho, provocada por un elemento contundente de características romas, es decir, sin puntas.
El galeno señaló también que el golpe fue “de envergadura” (a modo de ejemplo dijo que una caída no produce semejante lesión) y que ese violento impacto causó una profusa hemorragia interna, a la postre causa eficiente de la muerte. Asimismo, dijo haber encontrado hematomas en ambos miembros inferiores, compatibles con una compresión por arrastre del cuerpo.
Hombres en pugna
La cuarta y última audiencia de debate está convocada para las 9, oportunidad en la que formularán sus alegatos el fiscal de Cámara, el representante de la Querella y la Defensa.
En forma sucesiva, expresarán sus conclusiones el acusador público, Francisco Márquez; el abogado cordobés Nicolás Abrile, quien patrocina al hijo de la víctima, y por último alegarán los letrados bellvillenses Francisco Lavisse y Darío Baggini, codefensores de Marcos Rojas.