El fiscal Gustavo Atienza indagó ayer a Cristian Marcelo Aguilar, el hombre que está acusado de haberle prendido fuego a su pareja, Yohana Gisel Barrionuevo, el pasado 22 de marzo en la vivienda que la joven ocupaba junto a sus dos pequeños hijos, en barrio Los Olmos de Villa María.
La medida procesal se llevó a cabo entre las 10.30 y las 12.45 en la Fiscalía de Instrucción del Segundo Turno y de la misma también tomaron parte la secretaria Elba Oyola y el abogado villamariense Franco Carpinteiro, actualmente radicado en Córdoba.
Aguilar, de 30 años de edad (28 de mayo de 1984), está imputado como presunto autor de “homicidio calificado en grado de tentativa, agravado por el vínculo”, un delito que es reprimido con prisión de 10 a 15 años, a tenor del artículo 80, inciso 1º del Código Penal, en función de los artículos 42 y 44, tercer párrafo, del mismo cuerpo legal (ver “Qué dice la ley”).
Si bien no se conocieron detalles de la extensa declaración prestada por el sospechoso, el letrado que lo defiende dijo escuetamente a EL DIARIO que “se declaró inocente y contó su versión de los hechos”.
Al respecto, cabe recordar que la semana pasada el propio Carpinteiro había dicho que a Aguilar “lo demonizaron como si fuera un asesino”, aunque aclaró que lo que se está diciendo del hecho “no coincide con la realidad”.
En declaraciones periodísticas formuladas a varios medios locales, el profesional nacido en Villa María dijo entonces que, según le había contado Aguilar, en la vivienda ubicada en calle Pública sin número, entre Aluminé y Pastor Oviedo, a sólo media cuadra de los monoblocks de barrio Los Olmos, “había un tanque de nafta que era para el uso de una bordeadora”.
En aquella oportunidad, Carpinteiro también señaló que la joven mujer “lo amenazaba en forma permanente con amargarle la vida” y que “ella misma se prendió fuego”. Y agregó: “Fue él quien la sacó de la casa a la calle y si no le tiraba agua (Yohana) hubiera fallecido”.
Durante la indagatoria de la víspera, Aguilar declaró sobre condiciones personales y luego dio su propia versión del tremendo episodio registrado minutos antes de las 8.30 de aquel domingo de marzo.
Su defensor precisó que también respondió un par de preguntas formuladas por el fiscal Atienza.
La primera versión
Según la información policial conocida el mismo día del hecho, Yohana fue brutalmente agredida por su pareja en la cocina de una de las casitas del Plan Eva Perón que la Municipalidad de Villa María le entregó a ella y a otras tres jóvenes mujeres, el 9 de octubre de 2013.
Al parecer, durante el violento episodio Aguilar habría rociado con combustible la parte superior del cuerpo de Barrionuevo y luego le lanzó un trapo encendido, lo que provocó que tomara fuego en el acto.
En segundos, las llamas se propagaron a todo el ámbito de la cocina-comedor e incluso hacia una habitación contigua, en la que se encontraban durmiendo los niños de la pareja, de 7 y 4 años.
A diferencia de lo que dijo Aguilar, habrían sido los vecinos quienes lograron sacar del interior de la casa a la mujer y a sus hijos, lo que permitió que los niños no resultaran afectados por el fuego y el humo, no así Yohana, quien resultó con gravísimas lesiones.
Tras la intervención de los Bomberos Voluntarios, personal de la Unidad Departamental General San Martín detuvo al presunto autor del hecho en una casa situada en calle Maipo al 300, es decir muy cerca del escenario del violento episodio, y desde entonces se encuentra privado de la libertad.
Yohana Barrionuevo, nacida el 31 de mayo de 1987 (tiene 27 años), continuaba ayer internada en estado de coma en la Unidad de Terapia Intensiva del Instituto del Quemado de Córdoba (ver página 5).
Qué dice la ley
Artículo 80: se impondrá prisión perpetua (…) al que matare… 1º) a su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
Artículo 42: el que con el fin de cometer un delito determinado comienza su ejecución, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad, sufrirá las penas determinadas en el artículo 44.
Artículo 44: si la pena fuese de prisión perpetua, la de la tentativa será prisión de 10 a 15 años.