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28 de Abril de 2015
A puertas cerradas - Pena unificada de tres años y dos meses de prisión efectiva
Condenaron al colombiano y cuando recupere la libertad será extraditado
Juan Valderrama Montoya fue hallado culpable de “abuso sexual simple”, por un hecho ocurrido en la ciudad de Oliva, en junio del año pasado, en perjuicio de una joven a la que manoseó luego de prometerle que le iba a “quitar un mal” que la aquejaba
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Juan Camilo Valderrama Montoya fue declarado culpable de “abuso sexual simple” y se le impuso una condena de dos años y tres meses, que se unificó con una anterior en tres años y dos meses. Será extraditado a Colombia y no podrá volver a nuestro país
El camarista Félix Martínez le impuso ayer una condena unificada de tres años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo a un ciudadano colombiano que fue juzgado por haber sometido a tocamientos y manoseos impúdicos a una joven de 24 años, en la ciudad de Oliva.
Se trata de Juan Camilo Valderrama Montoya, quien en la segunda y última audiencia de debate (el juicio había comenzado el miércoles pasado con la recepción de tres testimonios) fue declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual simple” por un hecho ocurrido el 10 de junio de 2014.
Valderrama Montoya se encuentra detenido desde el 23 de julio, casi un mes y medio después del abuso que sufrió la vecina olivense en su propia casa, a la que aquel ingresó con la supuesta finalidad de venderle libros.
En efecto, el ahora condenado sujeto se hizo presente para ofrecer libros que tenía a la venta, ya que por entonces se dedicaba a esa actividad laboral. Y una vez en el interior del inmueble, pero luego que la joven le contara que tenía algunos problemas emocionales, le dijo que, como además era parapsicólogo, podía ayudarla a “quitarle el mal” que la aquejaba.
 
Qué dice la ley
Luego de algunos minutos el colombiano convenció a la dueña de casa para que accediera a sus requerimientos, lo que incluyó que se desvistiera y se recostara para poder hacer el “trabajo” de liberarla del mal que estaba sufriendo.
La joven víctima dijo que, en esas circunstancias, Valderrama Montoya le pasó un trapo por distintas partes del cuerpo y la manoseó en la zona vaginal, aunque al ser detenido se defendió diciendo que ella había accedido voluntariamente a los tocamientos y que los hechos se vieron interrumpidos cuando ingresó a la vivienda el hijo menor de la mujer.
 
Cambio de calificación
Durante la audiencia de la víspera, al formular su alegato, el fiscal subrogante Horacio Vázquez sostuvo que no había elementos de prueba como para sostener la acusación original (“abuso sexual gravemente ultrajante”, un delito que es reprimido con prisión de cuatro a 10 años), por lo que cambió la calificación legal y pidió que se le impusiera una pena de dos años y tres meses de cárcel por “abuso sexual simple”.
Asimismo, el acusador público solicitó que esa condena se unificara con una anterior, de dos años de prisión en suspenso, dictada por la Cámara Primera del Crimen de la ciudad de Córdoba (también por “abuso sexual simple”), y se le impusiera una única sanción de tres años y dos meses de prisión, accesorias de ley y costas.
Valderrama Montoya no fue declarado reincidente porque la condena anterior fue de ejecución condicional, motivo por el cual podrá solicitar la libertad condicional cuando cumpla las dos terceras partes de la condena aplicada.
Sin embargo, la legislación prevé que los ciudadanos extranjeros que son condenados en la Argentina, deberán ser extraditados a su país de origen ni bien obtengan la libertad.
Por el hecho cometido en Oliva, el colombiano lleva poco más de nueve meses entre rejas, a los que hay que sumarle otros 11 meses que estuvo en prisión por el otro episodio delictivo que derivó en su primera condena, en Córdoba.
En definitiva, cuando Valderrama Montoya sea liberado, las autoridades judiciales dispondrán su inmediato traslado al país donde nació y no podrá regresar más a la Argentina. Por lo pronto, continuará alojado en el penal de Bouwer, ubicado en la localidad homónima, próxima a la capital provincial.
El vendedor de libros y supuesto parapsicólogo tiene 32 años (nació en Medellín el 28 de enero de 1983) y al momento de ser detenido estaba radicado en la ciudad de Córdoba.
 
Qué dice la ley
En su primer párrafo, el artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo (…) cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

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