El Centro de Información Judicial de la Provincia destacó un fallo de un juez de Villa María, quien ordenó a un empleados pagar la indemnización de un despido sin causa en un trámite abreviado.
Entendiendo que las demoras en los procesos judiciales juegan en contra del trabajador que perdió el empleo, sumado al “silencio” del empleador que no se presentó a ejercer su defensa o procurar conciliar, el juez Marcelo Salomón dictó el fallo a favor del despedido tras un trámite abreviado.
La sentencia se dictó el 6 de mayo último y la causa está caratulada “Jara, Gustavo Javier; contra Duarte, Miguel Angel”.
Jara se desempeñó como chofer del demandado desde febrero de 2013 hasta febrero de este año, cuando lo despidieron.
Es padre de tres hijos y tiene a su cargo a la suegra, quien padece una discapacidad.
Tras el fallo, dictado tres meses después del despido, lo que es inédito en la Justicia laboral, Duarte deberá pagar la liquidación final y los derivados del despido sin causa, más intereses a Jara.
Argumentos
El magistrado tuvo especialmente en cuenta el “silencio” exhibido por el demandado.
En el primer decreto, el juez informó a Duarte que tenía la oportunidad de ejercer su defensa y le aclaró que en caso de no llegar a conciliación, “dictaría en forma inmediata una resolución definitiva sobre el fondo de la cuestión”.
Fracasada la conciliación, en la sentencia, el juez dijo que no se trataba de una respuesta “anticipada”, sino de una resolución que “establece de manera definitiva la procedencia de los derechos que se han reclamado, luego de haberse cumplido las etapas de un proceso contradictorio”.
Remarcó que el trabajador “repentina e ilícitamente, se vio privado de la tutela económica que la Constitución Nacional le concede para resguardar parte de sus derechos que hacen, en el día a día, a la materialización de su proyecto vital personal y familiar”.
“Las condiciones económico-sociales particulares del actor y de su grupo familiar, sumadas a las constantes contingencias económicas actuales imperantes en el país, hacen traslucir el potencial riesgo de que una demora en la materialización de su derecho de propiedad puede acaecer, lo que justifica sobradamente la naturaleza procesal que se ha impulsado al reclamo pedido”, argumentó.