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21 de Mayo de 2015
Fecha de comicios en Villa María
La cuestión vuelve a la Junta Electoral
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La jueza Marta Vidal devolvió la cuestión a la Junta Electoral de Villa María
La jueza electoral de la provincia de Córdoba Marta Vidal consideró que la Junta Electoral Municipal de Villa María “es competente” y hoy comunicará oficialmente que en ese ámbito se deberán resolver los problemas surgidos en el transcurso del proceso y por cuestionamientos políticos acerca de la fecha de elecciones, el domingo 2 de agosto.
La funcionaria judicial dictó esa resolución en la víspera y la comunicará hoy vía fax devolviendo de este modo el expediente al órgano electoral villamariense para que resuelva la cuestión de fondo.
Entonces, la Junta Electoral Municipal (JEM) deberá fallar definitivamente sobre las cuestión planteada por los partidos opositores, en el sentido de que la elección convocada para ese día de agosto es violatoria de la Carta Orgánica Municipal.
En caso que la Junta modifique su primera decisión, podría votarse en otra fecha.
Si en cambio mantiene el criterio que tuvo en anteriores resoluciones, los partidos políticos recurrentes irán en apelación nuevamente ante la jueza electoral de la provincia, para que ésta revea la decisión del órgano electoral local y este trámite llevara al menos diez días más.
Si la jueza electoral Marta Vidal no hace lugar al recurso de apelación, los recurrentes se presentarían ante la Cámara Contenciosa Administrativa de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba, para que este tribunal dicte sentencia.
También cabe la posibilidad de que el conflicto llegue al Superior Tribunal de Justicia, por vía de un recurso extraordinario.
Obviamente que todo este proceso judicial tiene que tener final antes del día domingo 2 de agosto.
En la parte resolutiva, el dictamen señala que la JEM “debe abocarse al tratamiento y resolución de la cuestión de fondo planteada” y entre los antecedentes citó nada menos que una decisión idéntica tomada en 2011 en este mismo municipio.
El dictamen afirma que las juntas electorales, como organismos administrativos, ejercen también funciones jurisdiccionales al resolver conflictos, ya que es “la máxima conducción del proceso eleccionario”.
Apenas conocida la fecha de los comicios, La oposición consideró que el llamado a comicios para el 2 de agosto “no está dentro de lo determinado por la Carta Orgánica Municipal”. 

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