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25 de Mayo de 2015
ECONOMIA SOCIAL - Preventivas para proteger a los ahorristas
Medidas para las mutuales
Dos resoluciones del INAES establecen la modalidad de financiación en los casos críticos
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Patricio Griffin, titular del INAES
Fueron publicadas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) las resoluciones 611 y 612, que establecen que las mutuales serán financiadas en caso de afrontar una crisis para que “los ahorristas estén protegidos”.
La normativa del INAES fue apoyada por las federaciones Instituto de Ayuda Económica Mutual, Provincial de Mutualidades de Córdoba, de Mutualidades de la Provincia de Santa Fe, así como también por la Confederación Argentina de Mutualidades y la Asociación Mutual Sociedad Militar Seguro de Vida “por entender que producirán un cambio fundamental en el futuro desenvolvimiento de las entidades”.
Los directivos de esas federaciones declararon que “con la vigencia de estas resoluciones, desde este Fondo de Garantía se podrá asistir a las mutuales en crisis cuando exista un problema financiero en la región. Esto posibilita que, si una mutual tiene dificultades financieras, los ahorristas estén protegidos. Concretamente, se protege al asociado de la mutual”.
“Se va a crear un fondo voluntario, a la manera de un fondo de inversión. Muchas mutuales hoy tienen sus recursos depositados a una tasa bajísima y con este fondo esa situación va a cambiar”, concluyeron.
 
Las resoluciones
La 612/2015 expresa en sus considerandos que “desde la modificación introducida a la Resolución N° 1.418/03 por la Resolución N° 27.72/08 se han adoptado diversas medidas de control público y dictado resoluciones a la que deben ajustarse estas entidades en tanto sujetos obligados, de conformidad con la modificación introducida a la Ley 25.246 por la Ley 26.683 y lo establecido en la Resolución N° 11/12 de la Unidad de Información Financiera”.
Añade que “como consecuencia de las citadas resoluciones, de la evaluación de la información que periódicamente remiten las entidades y de la observación sobre el desenvolvimiento actual del servicio de ayuda económica, se concluye que resulta necesario modificar la normativa vigente en la materia y adecuarla a las necesidades que derivan de la conjunción del ejercicio del control público y de la promoción y el desarrollo de la actividad mutual a través de un servicio que contribuye a la consolidación del modelo solidario como fórmula de captación y asignación del ahorro interno destinado al desarrollo local, en cumplimiento de las misiones y funciones asignadas a este Organismo por leyes 19.331 y 20.321 y el Decreto N° 721/00”.
Y en su parte resolutiva, introduce nuevos artículos e incisos en las normativas vigentes y sustituye otros, que son de fundamental importancia para el futuro desenvolvimiento de las entidades que brindan el servicio de ayuda económica.
En tanto, la Resolución 611/2015 establece que “la constitución de un fondo de garantía de los ahorros de los asociados adheridos al servicio de ayuda económica contribuirá a fortalecer su autosustentabilidad solidaria y a preservar los recursos en el sistema mutual, generando y potenciando, además, un financiamiento genuino de este sector de la economía social, que a su vez lo preservará de condicionamientos externos”.

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