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23 de Junio de 2015
Caso Espósito, última entrega - Tras la absolución de José “Calladito” Deheza...
La Justicia tendrá que reabrir la investigación del brutal crimen
Nora Abelleira fue declarada culpable de haber contratado a un sicario para asesinar a su concubino y recibió la pena máxima. Ahora, la Fiscalía deberá trabajar en procura de hallar al autor material del homicidio. Será una tarea más que difícil
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Al hacer uso de la “última palabra”, José Deheza juró enfáticamente que no tenía nada que ver con el crimen. Seis de los 10 jurados le creyeron
Bien puede decirse que el homicidio de Enrique “Kike” Espósito (52) fue esclarecido a medias. Se condenó a la persona que organizó el homicidio, pero no a quien disparó el arma con la que se dio muerte al comerciante villanovense la noche del 17 de junio de 2011.
Como ya es de dominio público y por unanimidad, jueces y jurados consideraron que Nora Lilián Abelleira (57) contrató a un sicario para asesinar a su concubino y de, ese modo, poder disponer libremente de una fortuna cercana a los tres millones de dólares.
Sin embargo, en el mismo veredicto y por mayoría de votos, quienes tuvieron la responsabilidad de impartir justicia en esta compleja causa penal entendieron que había muchas dudas respecto de la participación del otro acusado, José Alberto “Calladito” Deheza (50), y no tuvieron más alternativa que absolverlo.
La decisión final no fue sencilla. Seis de los 10 jurados votaron por la absolución, mientras que para los restantes cuatro Deheza es culpable. Y en esta instancia procesal no hay medias tintas: es blanco o negro. A lo sumo puede darse un empate a cinco, pero en ese caso indefectiblemente tendrá que desempatar el presidente del tribunal.
Algo así ocurrió el pasado 13 de marzo en los Tribunales de Villa María, cuando Marcos Rubén Rojas (25) fue declarado culpable del “homicidio calificado por alevosía” de Catalina Matilde Bernardiz de Navarro (72), perpetrado el 2 de octubre de 2012 en Pozo del Molle, y al igual que Abelleira fue condenado a prisión perpetua.
En aquel proceso, los miembros del jurado tuvieron opiniones divididas: cinco votaron convencidos que Rojas había cometido el crimen y otros tantos se inclinaron por su inocencia ante las dudas que se plantearon en el debate. Y la balanza de la Justicia se inclinó por la culpabilidad del acusado, luego que el juez René Gandarillas votara en contra. Fue un seis a cinco tan apretado como polémico. Pero así lo establece la Ley de Jurados Populares que rige en la provincia de Córdoba desde 2005.
 
La peor impunidad
Un viejo axioma jurídico dice que “es preferible dejar en libertad a un asesino antes que condenar a un inocente”. Incluso, los hombres del Derecho aseguran que el verdadero crimen impune es aquel en el que se condena a una persona por un hecho que no cometió.
Pues bien, algo por el estilo podía haber ocurrido con “Calladito” Deheza. Había mucha prueba indiciaria que lo incriminaba, pero también eran muchos los interrogantes.
En ese sentido, la tarea del abogado defensor, Eduardo Luis Rodríguez, fue impecable. Con particular agudeza puso en tela de juicio cada uno de los elementos de cargo que implicaban a su cliente y remató su estrategia cuando, durante su alegato, afirmó: “En este juicio se hicieron muchas conjeturas, pero no hay una sola prueba ni indicio medianamente verídico que lo meta a Deheza en la casa del señor Espósito”.
En cambio, para el fiscal de la Cámara del Crimen, Francisco Márquez, “Calladito” fue el autor material del homicidio. Pero, incondicionalmente respetuoso de las normas legales, aceptó el veredicto “porque así lo resolvieron los jurados”.
 
¿Quién lo mató?
Desde que concluyó el juicio, el viernes pasado, la opinión pública comenzó a preguntarse... “¿entonces quién mató a Espósito?”. Y, al menos por el momento, no hay respuesta para ese interrogante.
Tal vez haya sido el mismísimo Deheza. Pero la prueba colectada en el expediente y reproducida a lo largo de las 12 audiencias que demandó este trascendental juicio, resultó insuficiente como para condenarlo. Y lo que estaba en juego era nada menos que una condena de 50 años de prisión. Prácticamente una condena a muerte, o mejor dicho a morir tras las rejas.
Al respecto, hay que aclarar que los 35 años de cárcel que establece el Código Penal de la Nación para un convicto primario que es condenado a prisión perpetua, se elevan a medio siglo de encierro cuando, como en el caso de Deheza, se trata de un reincidente.
Tal vez hayan sido el “testigo clave” Franco Irigoita y los hermanos Nieto, como lo aseguró “Calladito” cuando amplió su declaración indagatoria. Claro que, a esta altura de los acontecimientos, resultará muy complicado conocer la verdad.
De todos modos, la Fiscalía que investigó el crimen deberá reabrir la causa en procura de obtener nuevas pruebas que posibiliten conocer el nombre del sicario. Pero será una tarea difícil, con pronóstico de resolución más que reservado.
 
Daniel Rocha

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