Junto a representantes de los distintos colectivos y organizaciones que trabajan por los derechos de las personas trans, el ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollan, presentó la semana pasada la guía de atención de la salud integral de personas trans destinada a equipos de salud. El material elaborado por la cartera sanitaria nacional con la participación de las organizaciones que nuclean a las personas trans; especialistas y profesionales de distintos servicios de salud, se enmarca en la reciente reglamentación del artículo 11 de la Ley 26.743 de Identidad de Género.
"Se ampliaron los derechos para que una persona pueda ser como siente que es y pueda vivir su identidad en plenitud", expresó Gollan. "Es mucho lo que se ha logrado y es de relevancia regional y mundial. Estamos escribiendo historia en el mundo y esto sólo es posible en un Gobierno que incluye", destacó el ministro durante el encuentro que realizó en la sede del Ministerio de Salud de la Nación.
Gollan afirmó que con la ampliación de los derechos a partir de la ley y de un cambio cultural "va a llegar el día en que las personas trans puedan ser atendidas en los consultorios médicos con total normalidad, como debe ser", al tiempo que agregó que "es importante reclamar por más derechos, pero también disfrutar de lo conseguido porque hubo mucho sufrimiento y muerte detrás de esto".
Según la reglamentación del artículo 11, todas las personas mayores de edad pueden acceder -sin requerir autorización judicial o administrativa- a las intervenciones quirúrgicas totales y parciales que ayuden a adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida, como mastoplastía de aumento, mastectomía, gluteoplastía de aumento, penectomía, vaginoplastía, clitoroplastía y faloplastía con prótesis peneana, entre otras, como así también a tratamientos integrales hormonales. El artículo 11 también establece que estas prestaciones deben ser incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y que los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados deben incorporarlas a sus coberturas.
En la presentación, la subsecretaria de Medicina Comunitaria, Maternidad e Infancia, Sabrina Balaña, sostuvo que "la guía está dirigida a los equipos de salud y ahora tenemos un arduo trabajo para brindar una atención integral que nos pone a todos ante el desafío de trabajar, codo a codo, con los profesionales de la salud y con todo el equipo, incluidos los administrativos y los promotores de salud para hacer efectivos los preceptos que propone esta herramienta".
La funcionaria describió el contenido de la guía al señalar que "cuenta con capítulos sobre vigilancia epidemiológica, información para que trabajen los equipos de salud y también la historia de esta lucha que refleja un trabajo interdisciplinario".
Lohana Berkins, responsable de la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual del Observatorio de Género (Consejo de la Magistratura), aclaró que "hay que recordar el pasado para saber dónde estamos hoy", y aseguró que "estas guías hablan a las claras de las políticas de reconocimiento del Gobierno ya que los anteriores nos habían ignorado y sólo nos veían como personas a ser detenidas".
Berkins aclaró que "estas guías no son sólo acceso a la salud sino a calidad de la salud" y agregó que "se pueden perfeccionar y para eso necesitamos sostener este modelo y profundizar estas políticas públicas".
En tanto, Marcela Romero, presidenta de la Asociación Travestis Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA) planteó que "éste es un paso muy grande para la comunidad trans en la Argentina y para la comunidad del mundo para demostrarles que sí se puede. Y que la comunidad trans es parte del proyecto nacional y popular en donde estamos incluidas", quien recordó que "en el año 2007 hicimos la primera vigilancia epidemiológica del mundo de personas trans", para luego, con la llegada del ministro "sentarnos a trabajar la guía de atención para seguir avanzando en la ampliación de derechos".
Acerca de la guía
Con la sanción de la Ley de Identidad de Género, se abandonó el modelo internacional de "patologización" de ciertas identidades y/o expresiones de género que propició la exclusión, la discriminación y la criminalización de las personas trans.
La guía cuenta con cinco capítulos. En el primero, se presenta el nuevo paradigma y las cuestiones nodales de la mencionada ley. El segundo, propone una breve historización de los conceptos claves para entender la construcción del enfoque de la patologización y empezar a desnaturalizarla. Con datos estadísticos, el tercer capítulo da cuenta de la situación actual de las personas trans en Argentina.
Con una impronta práctica, en su capítulo cuarto, la guía recopila, organiza y ofrece claves para la atención desde esta nueva perspectiva y sugiere estrategias para abordar las consultas, pautas para solicitar exámenes médicos y de laboratorio, entre otras medidas de prevención y seguimiento, e incluye, también, algunas cuestiones específicas en relación con la salud sexual y la salud reproductiva.
En lo referente a la construcción corporal de las personas trans, en el capítulo quinto la publicación ofrece información sobre diversas técnicas y estrategias para que los equipos de salud mejoren la calidad de la atención en relación con cuestiones concretas que estas suscitan. En particular, aborda algunas estrategias de construcción corporal "no invasivas"; el uso de las siliconas líquidas y/o aceites, sus consecuencias y posibles tratamientos; los procesos de hormonización, sus esquemas, efectos e interacciones medicamentosas, y las cirugías de modificación corporal.
Esta nueva herramienta para los equipos de salud es el resultado de un trabajo interdisciplinario e intersectorial que recopiló y procesó diversos materiales nacionales e internacionales, y sumó el aporte de equipos de salud de diferentes lugares del país, que tienen experiencia en la atención de personas trans, así como de activistas y organizaciones de personas de la diversidad sexual.
Con el reconocimiento de la identidad de género como un derecho humano fundamental, el Estado argentino garantiza el derecho de todas las personas que lo deseen a cambiar su nombre y género en todos los instrumentos que acreditan su identidad, mediante un trámite administrativo y sin solicitar como requisito ningún tipo de procedimiento médico, psicológico y/o psiquiátrico. Mientras que en el ámbito de la salud garantiza que todas las prestaciones de salud contempladas en la ley queden incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), reconociendo a las personas como sujetos activos de derecho, especialmente en relación con decisiones personales, como son la autopercepción de género y la construcción corporal.
La guía ya se encuentra disponible para su consulta y descarga en la página web del Ministerio.