Con motivo de la celebración de Semana Santa, de acuerdo a lo establecido por la Ley 21.329, modificada por las leyes 22.655 y 24.445, AERCA (Asociación de Empresarios de la Región Centro Argentino) informa que el Jueves Santo reviste el carácter de día no laborable y por lo tanto “la jornada es optativa para la apertura o cierre de la actividad comercial e industrial, ante lo cual la entidad empresaria sugiere trabajar normalmente”.
El artículo 167 de esa ley indica que “en los días no laborables el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador”.
En tanto el Viernes Santo tiene el alcance de feriado nacional, motivo por el cual AERCA “aconseja el cierre de los establecimientos comerciales e industriales”.
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