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3 de Julio de 2015
Villa Nueva - Resolución de la Junta Electoral
El defensor del Pueblo “siempre” va a ir impulsado por un partido
Lo dijo la jueza de Paz, presidenta de la Junta, ayer a EL DIARIO. Citó la Constitución Nacional. De todas maneras, en estas elecciones se puede cortar boleta, lo que mantendría el espíritu del cargo
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Farías hizo hincapié en que los partidos políticos son los únicos que pueden representar a un ciudadano que quiera ser defensor del Pueblo. Adelantó que en cinco años también deberá elegirse de esa forma
La presidenta de la Junta Electoral de Villa Nueva, la jueza de Paz María Esther Farías, reveló ayer que el cuerpo resolvió que el defensor del Pueblo inevitablemente tiene que ir impulsado por un partido político.
La decisión estuvo vinculada a un planteo presentado a la Junta Electoral por vecinos y por la exconcejala Sandra Bailone (ver recuadro).
Para eso, se tuvo en cuenta lo que establece las constituciones provincial y nacional.
En su mandato como edil, Bailone había impulsado la puesta en marcha del cargo, que ya estaba creado por Carta Orgánica pero que nunca se había puesto en funcionamiento. En su momento, la exlegisladora del radicalismo había hecho hincapié en que ese rol debía estar ajeno a la partidización política.
Semanas atrás, al llamar a elecciones para el domingo 2 de agosto, el intendente Guillermo Cavagnero convocó a presentar candidatos a la Intendencia, al Concejo Deliberante, al Tribunal de Cuentas y a la Defensoría del Pueblo. Bailone se opuso y junto a decenas de firmas de vecinos hizo un planteo ante la Junta Electoral.
 
Las conclusiones
 
Ante la consulta de EL DIARIO, Farías explicó que legalmente corresponde que el defensor sea legitimado por un partido.
“Lo que no dice la Carta Orgánica Municipal, lo dicen la Constitución Nacional y la Constitución Provincial. Los únicos que están autorizados a impulsar un cargo público son los partidos políticos, más allá de que el rol (del auditor) sea autónomo”, señaló.
“¿Si todos los habitantes de la ciudad se quieren presentar como candidato, quién los representa (se preguntó a si misma)? Alguien tiene que hacerlo y eso corresponde a los partidos, más allá de que el cargo sea autónomo”, reiteró.
Farías ilustró que “lo que ocurre es que la Carta Orgánica Municipal es muy antigua, de 1995, y tiene muy poco sobre el tema, pero lo que no dice la Carta, sí lo dice la Constitución”.
Cuando se le preguntó qué sucederá en la próxima elección, en cinco años (cuando no coincidirá con la de intendente, concejales y tribunos), remarcó que “también tendrán que ser representados por alguien” y que deberán ser los partidos políticos, “les guste o no les guste a quienes no les agrade”.
 
Cortar boleta
 
De todas maneras, más allá de esta coyuntura, se podrá cortar boleta y elegir a un defensor de otro partido político para intentar garantizar independencia.
Es decir, para graficar, el elector puede, por ejemplo, votar al peronismo para la Intendencia (y para el Deliberante), a la izquierda para el Tribunal de Cuentas y al radicalismo para la Defensoría.
“Lo que no se puede cortar es el intendente por un lado y los concejales por otro; ambos cargos conforman un cuerpo. Hay tres cuerpos, por lo que uno puede elegir intendente (y ediles) por un lado, Tribunal de Cuentas de otro partido, por otro, y por otra parte el defensor del pueblo de otro partido”, precisó la funcionaria.

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